El Gobierno exceptuó a la compraventa de inmuebles de pagar el impuesto al cheque


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18/05/2018 –

Mediante el Decreto 463/2018 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional estableció que estarán exentos del impuesto al cheque los débitos y/o créditos en cuenta corriente aplicados u originados en las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles.

De acuedo con la normativa publicada este jueves, la exención alcanza a las transferencias entre cuentas bancarias que provengan de una compraventa de inmueble, las que no serán alcanzadas por ese impuesto del 1,2% sobre las transferencias.

Se entiende por tales la suscripción del boleto de compraventa o documento equivalente, que otorgue posesión del inmueble y cualquier acto por el que se transmita su titularidad, situados en el país, siempre que el o los titulares de la cuenta sean sujetos residentes en el país y que el bien sea debidamente identificado. Según el Colegio de Escribanos de la Ciudad y cámaras inmobiliarias, el impuesto al cheque es uno de los obstáculos a la formalización de la actividad inmobiliaria, en la que históricamente predominaba el efectivo. Por eso, en reuniones con la Afip, representantes de estos sectores pidieron aliviar esa carga impositiva.

http://www.elliberal.com.ar

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