Se registraron «irregularidades en la obra», ya que viola el Código de Ordenamiento Territorial y el Reglamento General de Construcciones. Se demolerá la parte antirreglamentaria.
En una decisión inédita, el Tribunal de Casación de la Provincia de Buenos Aires le dio la razón al juez de Faltas de la Municipalidad de General Pueyrredon, Pedro López Martucci, y confirmó un fallo por el que se condenó a los constructores de un edificio ubicado en Bernardo de Irigoyen al 2600, al pago de una multa de 450.000 pesos. El motivo es «por irregularidades en la obra», ya que viola el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y el Reglamento General de Construcciones. Además, la decisión judicial contempla la demolición de la parte efectuada antirreglamentariamente.
El juez López Martucci constató en 2007 la existencia de una obra en propiedad horizontal que transgredía lo normado en el Código de Ordenamiento Territorial (COT) y el Reglamento General de Construcciones, por superar el Factor de Ocupación del Suelo (FOS), Factor de Ocupación total (FOT) , Plano Límite (altura máxima permitida en el sector e invadir retiros del frente y laterales).
Una vez realizada esta comprobación, la causa comenzó a tramitarse en este Juzgado, el número 3. Su diligenciamiento superó en gran medida los más extensos que se habían registrado hasta el momento, debido a las dificultades que tuvieron que sortearse para individualizar y notificar a los imputados, puesto que no contaban con domicilios en esta jurisdicción. A ello, hubo que sumar los continuos cambios de titularidad que se pudieron constatar en la composición del paquete accionario de quienes detentaban la titularidad dominial.
A pesar de estos obstáculos, el juez López Martucci logró la comparecencia de los responsables, ya que el proceso no podía seguir en rebeldía y los imputados, tuvieron la ocasión de ensayar su defensa.
Demolición
Tras producirse la prueba y acompañados los informes técnicos por parte de Obras Privadas de la Municipalidad, el 4 de marzo de 2010, el juez dictó la sentencia por la que se condenó a los encausados al pago de una multa de 450.000 pesos y la adecuación de la obra a lo normado en la legislación vigente, por lo que obligó a demoler lo construido antirreglamentariamente.
El fallo fue apelado ante el Juzgado en lo Correccional 1 , a cargo de la jueza Jorgelina Camadro que confirmó la decisión de López Martucci. Por eso, la parte imputada recurrió a la Cámara en lo Criminal y Correccional, cuya Sala 3, con los votos de los jueces Pablo Poggetto y Raúl Paolini, también confirmaron la sentencia en todos sus términos.
Y finalmente, el Tribunal de Casación Penal de la Provincia rechazó el Recurso de Queja interpuesto con la firma de los integrantes de la Sala 2, Manzini, Celesia y Mahiquez.
Agotada la vía recursiva y notificada la imputada de la sentencia del Juzgado de Faltas 3, quedó confirmado el fallo con la multa de 450.000, que deberán ser actualizados cuando se abonen y la demolición de parte de la obra.
fuente: diario la capital
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