CEPO CAMBIARIO Marco del Pont confirmó que no se podrán comprar dólares para adquirir propiedades


La presidenta del Central dijo que, desde noviembre, la compra y venta de inmuebles a través del sistema financiero será solo en pesos. Así, los únicos que podrían operar en dólares serían los que ya los tengan ahorrados. Desde ayer, además, rige la prohibición de comprar dólares para ahorro, que, según Marcó del Pont, es “transitoria”.

La presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, confirmó que no se podrán comprar dólares en el mercado formal destinados al mercado inmobiliario. La decisión implica que los únicos que podrán comprar propiedades con la moneda estadounidense serán quienes los tengan ahorrados. Pero desde ayer, además, desde ayer rige también la prohibición de comprar dólares para ahorro, que, según la funcionaria, es “transitoria”.

 

En una entrevista con Página 12, la jefa de la entidad monetaria precisó los alcances de la decisión del Gobierno de blanquear el cepo al dólar que en los últimos meses endureció las trabas que el Central ya había resuelto implementar desde noviembre pasado.

 

“Lo único que contemplamos, hasta el 31 de octubre, es la posibilidad de acceder al mercado único y libre de cambios a quienes ya tienen aprobado un crédito hipotecario. Después se terminan los créditos hipotecarios en dólares. Es un paso adelante en la pesificación del mercado inmobiliario”, expresó la funcionaria. La normativa aprobada, en realidad, permitiría comprar dólares con los créditos hipotecarios preaprobados hasta ayer, pero no los que sean preaprobados de hoy en adelante.

 

Marcó del Pont aseguró, además, que la prohibición de comprar dólares para ahorro –que ya regía de hecho pero que ayer fue ocficializada a través de una resolución de la entidad monetaria- será “transitoria. Y justificó el cepo cambiario: “En un escenario de creciente incertidumbre externa por la crisis internacional, donde aumenta la demanda de divisas para atesoramiento, la política económica tiene distintas opciones: aceptar una variación brusca del tipo de cambio, financiar la fuga de capitales con endeudamiento externo o limitar transitoriamente el acceso a los dólares demandados para ahorro”.

 

La presidenta del Central también defendió otra resolución –difundida ayer y anticipada el miércoles por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner- que obliga a los bancos a destinar por lo menos el 5% de sus depósitos a préstamos para empresas destinados a la inversión, en créditos a por lo menos tres años de plazo y con una tasa fija en pesos de hasta el 15,01%.

 

«Hay mucha demanda de préstamos para la inversión que no está cubierta porque los bancos privados ni los contemplan o ponen condiciones imposibles de cumplir», indicó la funcionaria nacional, justificó. “La inversión productiva es fundamental para el crecimiento económico. La nueva línea de crédito parte de un diagnóstico objetivo de todo el equipo económico: hay mucha demanda para créditos de inversión insatisfecha No va a haber demanda si los bancos exigen a las empresas que paguen en un año y con tasas del 20 por ciento. Las condiciones tienen que ser consistentes con su rentabilidad esperada”, agregó.

 

fUENTE: IECO.CLARIN.COM

CEPO CAMBIARIO Los controles al dólar frenan la venta de inmuebles usados


Frustran operaciones, que caen entre 20 y 30% según inmobiliarias. Se notan bajas en los precios. Y cuando la venta se concreta, hay una gran diferencia entre lo que se pidió y lo efectivamente pagado.

Por los fuertes controles en el mercado del dólar, las operaciones con inmuebles usados están cayendo de manera sostenida . Sólo en la Capital Federal en marzo se contrajo 4,8% respecto de un año atrás , de acuerdo con el Colegio de Escribanos. Sin embargo, no ocurre lo mismo con los emprendimientos desde el pozo que, para subsistir, se pesificaron.

En el caso de los inmuebles usados ya se empieza a sentir el efecto de las menores ventas con un leve descenso de los precios medidos en dólares. También se amplió la brecha entre el precio publicado o pedido y aquel por el que finalmente se termina cerrando la operación.

Una encuesta del especializado Reporte Inmobiliario entre operadores reveló que para el 56% sus ventas cayeron 30% . Todos coincidieron que hoy el que tiene los dólares en la mano, cuenta con una gran ventaja adicional.

En cuanto a los precios que hasta ahora venían subiendo, están empezando a mostrar mayor estabilidad y, en algunos casos, leves bajas que todavía no están reflejando la mayoría de las estadísticas. Y tampoco son reconocidas por las inmobiliarias.

Hasta ahora, solo el Índice de Precios de Viviendas Usadas de la consultora Cdi mostró, durante el mes de marzo, un leve descenso de los precios medidos en dólares, del orden de -1,14% y de -0,76% en pesos.

La tendencia, incipiente, revela que hasta hace poco, el vendedor era quien concentraba más poder que el comprador en las operaciones. “Ahora, esa ecuación se está revirtiendo”, explican los empresarios del sector. “Quien tiene los dólares en la mano esta en condiciones de pactar un precio más bajo y el resultado, por ahora, es una brecha más amplia entre el precio publicado o pedido y aquel por el que finalmente se termina cerrando la operación”, señalan.

“En otros casos, si el vendedor no está apremiado por deshacerse de su unidad y no recibe dólares o un valor muy cercano al que reclama se muestra reticente a vender.Basta ver los carteles de las inmobiliarias con la leyenda: cancelado ”, añadieron.

Esto explicaría, en parte, lo que sucedió en el primer tramo del año, en el que cayó fuerte el volumen de operaciones, con cuatro bajas interanuales consecutivas , un hecho que no se generaba desde noviembre de 2009, según el Colegio de Escribanos de la Capital Federal. Pero los precios no lo reflejaron. Así las cosas los montos operados mostraron una mejora entre marzo de este año e igual mes de 2011, con una avance del 17,4 por ciento.

De todas maneras, en el mercado inmobiliario siempre hay un retraso de cuatro a seis meses hasta que la realidad se ve reflejada en las estadísticas, coinciden los analistas. “Por ahora, lo que se ve es que los precios no suben tanto como antes”, dice cauteloso German Gómez Picasso, de Reporte Inmobiliario. Y también señala que “hay menos gente para comprar propiedades usadas porque prefiere quedarse con los dólares ”.

Según una encuesta on line realizada por Reporte Inmobiliario entre empresarios del sector, en la que se consultó sobre el nivel de actividad, el 56% contestó que sus ventas habían caído más del 30% y otro 30% de los encuestados señaló que la merma era superior al 20%.

De todas maneras, el hecho de que haya menos operaciones no presagia , en principio, una caída de los precios”, opina Gómez Picasso.

En este sentido, muchas inmobiliarias insisten en que los precios se mantienen y hasta incluso siguen subiendo. “Al menos en el corredor norte de la Capital, en términos generales, los valores en dólares de los departamentos siguen aumentado de manera sostenida, especialmente en productos con perfil inversor y en las ubicaciones mas demandadas”, dice Pablo García Fernández, de la inmobiliaria homónima.

Solo resta ver, en los próximos meses, si los precios siguen las expectativas del sector o la lógica de la oferta y la demanda, en un escenario donde conseguir dólares será cada vez más difícil

 

Fuente: clarin.com

Lavado: ahora la mira está puesta en las operaciones inmobiliarias


Controles

Según una resolución, las inmobiliarias deberán prevenir el lavado de activos y financiación del terrorismo. Habrá más requisitos para los que compren propiedades superiores a los $ 600.000 o US$ 140.000.

Las inmobiliarias deberán chequear los datos de las personas que quieran comprar una propiedad. Tendrán que verificar que no se encuentren en «listados terroristas» y deberán solicitarle información adicional a los clientes. Las nuevas reglas surgen de una resolución que publicó hoy la Unidad de Información Financiera (UIF). Habrá más requisitos para los que adquieran inmuebles que cuesten más de $ 600.000 o cerca de US$ 140.000.

La resolución 12 que publicó hoy la UIF establece que los agentes, corredores inmobiliarios y las sociedades que se dediquen a intervenir en las operaciones de compra-venta de propiedades deberán chequear la información de los compradores para prevenir «prevenir el lavado de activos y financiación del terrorismo». La verificación deberán hacerla antes de iniciar la relación comercial.

La normativa también sostiene que los clientes que compren propiedades por $ 600.000 o más deberán solicitarle al cliente información sobre su situación patrimonial, financiera y tributaria. Por ejemplo, declaraciones juradas, copia autenticada de escritura por la cual se justifique el origen de los fondos y documentación bancaria donde surja la existencia de los fondos, entre otros puntos.

La resolución, que lleva la firma del titular de la UIF, José Sbatella, asegura que se basó en las 40 recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) —aprobadas en el año 2003—, para tomar esta medida.

 

fuente: IECo de clarin.com

Nace el nuevo portal inmobiliario gratuito en Mar del Plata, www.propiedadesmdp.com


http://www.propiedadesmdp.com ofrecerá servicios inmobiliarios gratuitos a agencias inmobiliarias y particulares y se afianza como una alternativa sólida en el mercado de los portales inmobiliarios.

El nuevo portal inmobiliario http://www.propiedadesmdp.com avanza con paso firme para situarse entre los grandes portales inmobiliarios de la ciudad y se afianza como alternativa sólida en un sector tan competitivo como el inmobiliario al ofrecer la máxima calidad gratuitamente.

Como característica principal, http://www.propiedadesmdp.com se desmarca del resto de competidores al ofrecer sus servicios a las agencias inmobiliarias de forma totalmente gratuita: publicación de un número ilimitado de propiedades, registro de la inmobiliaria en la base de datos y utilización de los principales servicios del portal se ofrecen sin coste alguno a las agencias, profesionales en general y, por supuesto, para los particulares.

De entre los servicios que pueden encontrarse en casanuncio destaca la posibilidad de ubicar a la propiedad publicada en el mapa de google maps. Asimismo, los usuarios pueden añadir los mapas de google a sus anuncios.

Existen también numerosos servicios que hacen muy fácil la tarea de buscar propiedades: listado ordenados por operacion, ambientes, moneda, tipo de propiedad, precio, zona como asi tambien un cuadro para el numero de ficha para una llegada mas rapida a la informacion.  Además, la ficha del anuncio de la vivienda incluye una galería de fotografías deslizantes y el mapa de google, todo simultáneamente.

La oferta inmobiliaria se incrementa, se presenta una nueva y novedosa herramienta de publicidad gratuita en la ciudad de Mar del Plata.

Propiedadesmdp.com está diseñado con un moderno y atractivo diseño y una interfaz intuitiva y fácil de usar, haciendo uso de la web 2.0 para optimizar la experiencia del usuario.

 

www.propiedadesmdp.com

AFIP: elevan a $600.000 el piso para informar operaciones inmobiliarias


El fisco nacional duplicó el valor que deben tener en cuenta escribanos, inmobiliarias y propietarios de inmuebles al momento de reportar esas transacciones. También se modificaron las pautas para obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles

Por Hern�¡n GilardoMailiProfesional.com

AFIP: elevan a $600.000 el piso para informar operaciones inmobiliarias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió duplicar el piso a partir del cual escribanos, inmobiliarias y propietarios deben informar la compraventa de propiedades.

En efecto, a través de la resolución 3101, publicada en el Boletín Oficial, se decidió elevar de $300.000 a $600.000 el valor mínimo de las transacciones a informar. El monto se mantenía sin cambios desde fines de 2007. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

El control, impulsado desde el organismo a cargo de Ricardo Echegaray, se apoya en la utilización del Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) que permite controlar la operación desde el momento de puesta a la venta del inmueble hasta su escrituración. 

Cerco antievasión
Puntualmente, la reformulada normativa establece que el titular o condómino del bien inmueble deberá solicitar el COTI, con carácter previo a la operación, cuando cualquiera de los siguientes valores supere los 600.000 pesos:

  • El precio consignado en el acto de negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir; o
  • La base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate.

Asimismo, se aclara que la solicitud del COTI se efectúa individualmente por cada inmueble.

En cuanto a los actos de negociación, oferta o transferencia de propiedades, que se realicen en conjunto, la obligación queda configurada cuando el valor, considerado individualmente para cada bien inmueble o en su conjunto, resulte igual o superior a los 600.000 pesos.

Trámite para obtener el COTI
A fin de solicitar el nuevo código, el titular de dichos bienes debe comunicar a la AFIP los siguientes datos:

  • Identificación del bien inmueble o derechos sobre bienes inmuebles a construir.
  • Ubicación del mismo.
  • Precio fijado o estimado para la negociación, oferta o transferencia, indicando el tipo de moneda.
  • Identificación de los condóminos, indicando los número de la CUIT, CUIL o CDI y el porcentaje de titularidad atribuible a cada uno de ellos.
  • Consignar la CUIT de las inmobiliarias intervinientes en la operación.

Para suministrar los datos al fisco nacional podrán optar entre los siguientes procedimientos:

  • A través de la página web de la AFIP, mediante transferencia electrónica de datos, ingresando con la clave fiscal accediendo a la opción «Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles» del servicio «Transferencia de inmuebles».

En este aspecto, la flamante resolución establece que, sólo en caso de inoperatividad de Internet, se podrá solicitar el código mediante comunicación al Centro de Información Telefónica de la AFIP.

Cuando intervenga una inmobiliaria en la operación deberá ingresar, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la carga inicial de datos por parte del propietario, la identificación del COTI proporcionada por el titular del bien a transferir a efectos de:

  • Confirmar su participación en los actos de negociación, oferta o transferencia de la propiedad o de derechos sobre bienes inmuebles a construir.
  • Rechazar su designación como intermediario.

Respecto al plazo para ser utilizado, el COTI tiene una vigencia de 24 meses contados a partir de la fecha de otorgamiento. Transcurrido dicho plazo, el sistema dará de baja automáticamente el referido código impidiendo su utilización.

Si por algún motivo el titular de la propiedad decide desistir de realizar la transacción, debe informar a la AFIP tal circunstancia mediante el servicio disponible en la página web.

Una vez confirmada la operación, las inmobiliarias son las que se encargan de informar el compromiso de transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, así como el monto de la operación concertada consignando la identificación del COTI.

Para cumplir con el compromiso de transferencia tienen sólo cinco días corridos contados desde la ocurrencia -en primer término- de alguna de las siguientes situaciones, la primera que suceda:

  • Firma o cesión del boleto de compra venta.
  • Pago de reserva con derecho a escritura traslativa de dominio.
  • Celebración del acto de firma de la escritura.
  • Percepción de la retribución, comisión u honorario por parte de la inmobiliaria titular o asociada.
  • Cualquier otro hecho o acto que constituya un acuerdo o compromiso de transferencia.

Escribanos
Como último pilar del control, los escribanos, previo a la celebración de la escritura traslativa de dominio de un bien inmueble, deben verificar la autenticidad y vigencia de la constancia del COTI ingresando al servicio denominado «Transferencia de inmuebles – Informe Escribanos».

Una vez verificada la vigencia del COTI, los escribanos deben constatar e informar los siguientes datos:

  • Superficie total en metros cuadrados o hectáreas del bien inmueble a negociar, ofertar o transferir.
  • Año de construcción del bien inmueble, de corresponder.
  • Importe correspondiente a la valuación fiscal del bien inmueble, fijada a efectos de la determinación de los impuestos inmobiliarios o tributos similares.
  • Datos de identificación del bien inmueble: nomenclatura catastral o número de partida inmobiliaria.
  • Informar la identificación de los adquirentes, detallando apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, CUIL o CDI y el porcentaje atribuible de la titularidad del bien inmueble.
  • Declarar la fecha y número de la escritura traslativa de dominio y el monto de la transferencia.

Una vez que los escribanos carguen los datos el sistema informático emitirá el «Certificado de Bienes Inmuebles».

Los profesionales deberán emitir el citado certificado en la cantidad necesaria de ejemplares a efectos que los transferentes y adquirentes reciban una copia certificada del mismo, el cual resultará obligatorio a los efectos de la inscripción registral pertinente

fuente: iprofesional.com

Las propiedades inmobiliarias subieron hasta 67% en 5 años en Mendoza


Archivo Tusmetros.com

Argentina ⁄  Anabel González.

El mendocino que hace cinco años invirtió sus ahorros en un inmueble y hoy decide venderlo podría ver crecer su capital hasta 67%, más que si hubiera guardado el dinero en dólares debajo del colchón.

El ahorrista de esta hipótesis habría enfocado en las propiedades que tienen los valores máximos del mercado: aquellas que rondan los 1.300 dólares por metro cuadrado.

La conclusión surge del balance anual sobre la economía argentina que elaboró el Instituto de Investigaciones Económicas (IIE) de la Bolsa de Comercio de Córdoba.

Pero los inversores de Mendoza no están entre los que más ganaron. En otras ciudades del interior el costo máximo del metro cuadrado se elevó en mayores proporciones en el último lustro (ver infograma) hasta alcanzar los U$S1.600 (Córdoba) y U$S1.500 (Rosario y La Plata). Sólo las propiedades más caras de Tucumán tienen valores similares a las de Mendoza.

Panorama, perspectivas

El mercado del inmueble vive un período caliente en el país. Luego de experimentar una contracción en 2009, tanto la oferta como la demanda emprendieron el camino de crecimiento en el último año.

Los indicadores de la construcción –tanto oficiales como privados– dan cuenta de una recuperación por sobre el nivel de 2008. Por eso el balance del IIE advierte que el 2010 recuperó con creces el terreno que perdió la actividad el año anterior.

En Mendoza avanzó 11% la venta de cemento y 2% la contratación de personal, según confirma el informe anual del IERAL, instituto de estudios que pertenece a la fundación Mediterránea.

Por efecto de la inflación, los inversores que antes construyeron (como los que antes compraron) son quienes que más ganaron. Cada vez son más caros los inmuebles (en dólares) y también crecen los costos de materiales (las empresas prevén un 25% este año) y mano de obra para la construcción (ver aparte).

El informe anual de la Bolsa de Comercio de Córdoba expone que este aumento incesante en los costos representa un problema subyacente, a pesar del “buen nivel de actividad y la buena perspectiva para el 2011” que espera el sector en el país.

El informe de entidad cordobesa explica que los argentinos que pueden haber obtenido beneficios por el aumento en el valor de los inmuebles se dividen en dos grupos. Para cada uno existen perspectivas diferentes este año.

“Por un lado, la creciente inflación lleva a los ahorristas e inversores a buscar depósitos de valor para su dinero y el inmueble responde a dicha necesidad dada su capacidad de mantener su valor en el tiempo”, explica el balance del IIE. Estos son los inversores que se benefician alquilando las propiedades o vendiéndolas, por ejemplo, al cabo de cinco para sacar la diferencia de hasta el 67% en dólares en Mendoza.

Este sector de clase alta o media enfrentará un problema este año: “Difícilmente puedan seguir trasladando el aumento de los costos al precio de venta de los inmuebles, o al menos no en una relación de uno a uno”, sostiene el IIE.

Por otra parte, están los que colocaron sus ahorros en ladrillos para cubrir su propia necesidad habitacional insatisfecha. Son los inversores de clase media o baja.

Para ellos, “el aumento escalonado en el valor de compra que se mencionó previamente, alejó el sueño de una casa propia”. Es un sector que no tiene ingresos suficientes para acceder a un crédito hipotecario y su única posibilidad es alquilar. Alquilar a quienes ya hicieron negocio.

Fuente; http://www.inmuebles.com/site/p_contenido.php?id_sec=13&id_noticia=8798

Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: la AFIP prepara nuevas inspecciones


Vencen múltiples regímenes que apuntan a gerentes de empresas, a padres que envían a sus hijos a colegios privados y a quienes invierten en fideicomisos. La renovada base de datos será cruzada con las últimas declaraciones anuales presentadas

Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: la AFIP prepara nuevas inspecciones <!– ­
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Es tiempo de descuento. Sólo faltan unas horas para que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tenga todo listo para disparar nuevas inspecciones, en las que el detonante es la información declarada en las últimas presentaciones del Impuesto a las Ganancias y el Impuesto sobre los Bienes Personales.

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Esto es así, dado que mañana vence el plazo para cumplir con los regímenes de información que ponen la mira sobre los gerentes de empresas, los padres que envían a sus hijos a colegios privados y sobre quienes invierten en fideicomisos.

De acuerdo a la información a la que pudo acceder iProfesional.com, una vez procesados los datos provistos por empresas y particulares, el organismo que conduce Ricardo Echegaray potenciará el cruce de los mismos a fin de direccionar próximas fiscalizaciones.

Puntualmente, el fisco nacional seguirá de cerca, por ejemplo, a los monotributistas ubicados en las categorías mas bajas que invirtieron cifras millonarias en fideicomisos.

También a los padres que afrontan cuotas de colegios privados que superen los $2.000 mensuales, pero que no presentan declaraciones e los mencionados tributos.

En igual sentido, investigará la situación fiscal de directivos de compañías que no declararon las ganancias que fueron distribuidas por la empresa e informadas ante el organismo.

Gerentes, apoderados, socios y accionistas
El régimen que más preocupación genera entre los empresarios es aquél que informa sobre la composición societaria de las compañías.

De acuerdo a la reglamentación vigente, las empresas deberán suministrar, hasta el sábado inclusive, los datos que identifican a los titulares del paquete accionario al 31 de diciembre del año pasado.

Más precisamente, las firmas tendrán que enviar -a través de la web- los siguientes datos de los socios, accionistas, gerentes y apoderados que actúen ante la AFIP:

  • Apellido y nombres, Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) o Código Único de Identificación Laboral (CUIL) y domicilio.
  • Cantidad de acciones, cuotas y porcentaje de las demás participaciones sociales, y -en su caso- su valor nominal y la cantidad de cuotas parte de fondos comunes de inversión.
  • Valor de las acciones, cuotas, participaciones y cuotas parte.
  • Fecha a partir de la cual han desarrollado en forma ininterrumpida el cargo.

Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), indicó que “al conocerse la identidad de los titulares del capital societario y de los administradores de la sociedad, la AFIP podrá efectuar cruces entre lo informado por la compañía y lo declarado por los responsables en Ganancias”.

“Así, por ejemplo, el fisco nacional puede detectar la posible interposición de terceras personas como titulares del capital societario (accionistas o socios insolventes) o, como administradores de la sociedad (directores o gerentes presta-nombres)”, advirtieron desde la Facpce.

Fondos en fideicomisos
La AFIP apuntará a los contribuyentes que invierten importantes sumas de dinero en fideicomisos. De acuerdo a la normativa vigente, los administradores de fideicomisos financieros e inmobiliarios deben informar las características de los instrumentos constituidos durante el año pasado.

En relación a los fideicomisos no financieros, la AFIP solicita declarar los siguientes datos:

  • Respecto a fiduciantes, fiduciarios, beneficiarios y fideicomisarios:
    • Apellido y nombres,
    • Denominación o razón social,
    • CUIT, CUIL o CDI.
  • Clase o tipo de fideicomiso.
  • Datos identificatorios de los bienes y monto total por entregas de dinero o bienes realizados por los fiduciantes en el período a informar, así como también el total acumulado por cada período informado, valuados de acuerdo a la Ley de Impuesto a las Ganancias.

En relación a los fideicomisos financieros, las autoridades del organismo de recaudación solicitan respecto de fiduciantes, fiduciarios, beneficiarios y fideicomisarios, los mismos requerimientos de información que para los fideicomisos no financieros. En referencia a los beneficiarios, deberán informarse dichos datos sólo cuando se cuente con los mismos.

También se debe declarar el valor nominal y residual de los títulos valores representativos de deuda y datos clave con respecto a los certificados de participación.

Al respecto, Enrique Scalone, titular del estudio que lleva su nombre, destacó que “los controles se realizan porque los fideicomisos se basan en un desapoderamiento patrimonial inicial de los inversores, es decir, en una disminución de su patrimonio justificado por el mecanismo de aquellos”.

En lo que se refiere específicamente al cruzamiento de datos, el especialista aclaró que “se hará mediante un seguimiento electrónico de dichos movimientos, para luego contrastar sus resultados con las pertinentes declaraciones juradas de los individuos o empresas involucrados”.

Colegios top
Otro régimen clave es aquél que apunta a obtener información sobre quienes paguen cuotas de colegios privados mayores a $2.000 mensuales. A tal efecto, la AFIP solicita a los establecimientos educativos los siguientes datos correspondientes al sujeto obligado al pago de las cuotas:

  • Carácter (padre, madre, tutor o responsable del pago).
  • Apellido y nombres.
  • Domicilio declarado.
  • CUIT o, en su defecto, CUIL o Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento de identidad.

Al respecto, Alejandro González Escudero, consultor tributario y presidente de la Fundación Economía y Sociedad (Fundecos), no dejó lugar a dudas: “El interés no es revisar los ingresos de los colegios, sino lo que evidentemente busca esta reglamentación es poder identificar quién paga las cuotas escolares”.

“Con esta información se podrá controlar los consumos declarados por estos contribuyentes en el Impuesto a las Ganancias”, agregó González Escudero. (Lea más: La AFIP apunta sobre los padres que mandan sus hijos a colegios privados)

Hernán Gilardo
© iProfesional.com

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La AFIP cambió los pasos para embargar bienes y cuentas bancarias


En respuesta al reciente fallo de la Corte, el fisco estableció que para hacer efectivas las medidas cautelares se deberá solicitar la autorización del juez competente en la causa. Una vez obtenido el aval, los inspectores deberán implementar las acciones dentro de las siguientes 72 horas

La AFIP cambió los pasos para embargar bienes y cuentas bancarias <!– ­
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Debido al reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) que limitó la aplicación de embargos fiscales sin orden judicial previa, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó los pasos a seguir para efectivizar las medidas cautelares.

A través de la disposición 250 publicada en el Boletín Oficial de este viernes, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray estableció las nuevas pautas que deberá seguir el fisco nacional.

En primer término la nueva reglamentación establece que en el respectivo «escrito de interposición de la demanda, se debe solicitar al juez que ordene la traba de embargo general de fondos y valores”.

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Una vez obtenido el aval del juez, la norma establece que el fisco nacional debe «diligenciar las medidas cautelares sobre cuentas bancarias y, en su caso, sobre créditos
que el contribuyente tenga a su favor con otras empresas o instituciones, dentro de las siguientes 72 horas«.

«Si las cautelares no son autorizadas por el magistrado o son insuficientes, se solicitará al juez que ordene la traba de otras medidas. En general se priorizará la traba de embargo sobre bienes registrables, preferentemente inmuebles y la designación de interventor recaudador, cuando la actividad que cumpla el ejecutado permita, por sus características, la captación de fondos en forma regular y suficiente», agregó la norma.

Complementariamente la disposición 250 también establece que la AFIP «podrá solicitar al juez que ordene el embargo sobre los créditos que el contribuyente posea contra otras empresas o instituciones”.

Cuando se desconozcan bienes susceptibles de embargo o los conocidos fueren insuficientes, el fisco  deberá requerir al juez de la causa que ordene la inhibición general de bienes del demandado.

Por otra parte, la nueva reglamentación establece que el levantamiento de medidas cautelares deberá ser ordenado por el juez. «El agente fiscal prestará conformidad al levantamiento solicitado por la demandada, previa verificación del íntegro y efectivo pago de las sumas reclamadas, sus accesorios y costas», agrega la norma.

Fallo de Corte
La AFIP reformuló el marco normativo debido al fallo de la CSJN en el marco de la causa Intercorp SRL. En la sentencia, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad del marco legal, que permitía al organismo de recaudación disponer medidas cautelares -tales como embargos- con el único requisito de avisar al juez interviniente. Para acceder al fallo completo haga clic aquí.

“No resulta admisible que a la hora de establecer procedimientos destinados a garantizar la normal y expedita percepción de la renta pública se recurra a instrumentos que quebrantan el orden constitucional”, explicó el fallo cuyo voto de mayoría fue suscripto por los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni.

La Corte consideró que “no cabe sino concluir en que, en su actual redacción, el artículo 92 de la Ley de Procedimientos Fiscales contiene una inadmisible delegación, en cabeza del fisco nacional, de atribuciones que hacen a la esencia de la función judicial”.

Abundó que “el esquema diseñado en el precepto, al permitir que el agente fiscal pueda, por sí y sin necesidad de esperar siquiera la conformidad del juez, disponer embargos, inhibiciones o cualquier otra medida sobre bienes y cuentas del deudor, ha introducido una sustancial modificación del rol del magistrado en el proceso, quien pasa a ser un mero espectador que simplemente es informado de las medidas que una de las partes adopta sobre el patrimonio de su contraria”.

El tribunal sostuvo que el mencionado artículo “no sólo violenta el principio constitucional de división de poderes, sino que además desconoce los más elementales fundamentos del principio de tutela judicial efectiva y de la defensa en juicio, consagrados tanto en el artículo 18 de la Constitución Nacional como en los Pactos Internacionales incorporados con tal jerarquía”.

Además, apuntó que “las disposiciones del artículo 92 tampoco superan el test de constitucionalidad en su confrontación con el artículo 17 de la Norma Suprema, en cuanto en él se establece que la propiedad es inviolable y ningún habitante puede ser privado de ella sino en virtud de una sentencia fundada en ley”.

De todos modos, el máximo tribunal subrayó que para evitar cualquier interpretación que “lleve a obstruir o paralizar la adecuada y expedida percepción de la renta pública”, resulta necesario “admitir la validez de las medidas cautelares” que “los funcionarios del fisco nacional hayan dispuesto y trabado hasta el presente, sin perjuicio de que los jueces de la causa revisen en cada caso su regularidad y procedencia en orden a los demás recaudos exigibles”.

Citó aquí el precedente Rosza en cuanto a que “si bien una ley declarada inconstitucional no es ley”, constituye “un hecho operativo cuyas consecuencias no pueden ser ignoradas”.

El voto en disidencia de los ministros Enrique Petracchi y Carmen Argibay descartó las impugnaciones de orden constitucional y propuso confirmar la sentencia apelada de la Cámara Federal de Salta.

Entre otros fundamentos, los jueces sostuvieron que existe “una abundante jurisprudencia de esta Corte en relación a que resulta compatible con la Constitución Nacional, la creación de órganos, procedimientos y jurisdicciones de índole administrativa con potestades de tipo jurisdiccional destinados a hacer más efectiva y expedita la tutela de los intereses públicos”.

La ministra Elena Highton de Nolasco también juzgó que la referida sentencia de Cámara debe ser confirmada y afirmó que “en el caso de autos corresponde concluir que los requisitos para reconocer la validez constitucional a la norma que otorga facultades a la AFIP para disponer embargos y otras medidas cautelares en el marco de una ejecución fiscal, se encuentran cumplidos”.


Hernán Gilardo

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Boom inmobiliario: opciones de inversión que van más allá del segmento residencial


Domingo 16 de Mayo de 2010

Boom inmobiliario: opciones de inversión que van más allá del segmento residencial Guardar

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El repunte del ladrillo como refugio de capital vino acompañado de una demanda más atenta a los bienes que garanticen no sólo rentabilidad, sino también mayor seguridad para su dinero. Es así como se buscan opciones en el mercado residencial y en otros inmuebles. Conozca las propuestas

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Si hay un sector que mostró el verdadero repunte de la economía, ese es, sin dudas, el inmobiliario.

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Con un incremento de las operaciones de compra-venta de más de 30% durante el primer bimestre del año, y expectativas positivas que marcan que la tendencia de crecimiento se mantendrá durante los próximos meses, el ladrillo se vuelve a posicionar como el refugio más tentador para los ahorros de los inversores.

De la mano de la recuperación, la búsqueda de oportunidades volvió a instalarse en el mercado, y las llamadas telefónicas y visitas a las inmobiliarias retomaron el nivel previo a la crisis de 2009, dejando en evidencia el interés por las propiedades para vivienda y otros inmuebles.

Si bien cuando se trata de los ahorristas particulares, especialmente de la clase media, las inversiones suelen apuntar a viviendas que en general cuestan entre u$s70.000 y u$s150.000, las posibilidades comienzan a diversificarse cuando se dispone de más dinero.

Es así como, las propiedades con fines comerciales, empiezan a incluirse en la cartera de ofertas para seducir al cliente.

Locales comerciales
Las propiedades destinadas a retails, ya sean locales a la calle o en shoppings, resultan un segmento muy atractivo que es seguido de cerca por quienes cuentan con un capital por encima de los 200.000 dólares.

En estos casos, se trata de inversiones a más largo plazo que las asociadas a viviendas, ya sea por el tiempo que lleva recuperar las inversiones como por el que insume salir del negocio, es decir, a través de la venta del inmueble. 

Son elegidos porque ofrecen una mayor rentabilidad. Mientras que en el segmento residencial se logra un 5 o 6 por ciento, en los locales se puede alcanzar del 8 al 13 por ciento anual.

En este sentido, un reciente informe presentado por la empresa de servicios inmobiliarios Cushman & Wakefield, en la Ciudad de Buenos Aires, reveló que hay cuatro arterias principales donde se encuentran los centros de compra más importantes, tanto por el tráfico de gente como por el segmento socio-económico al que pertenecen.

Ellos son:

  • Avenida Santa Fe: el m2 tiene un costo de u$s59 para alquilar. La tasa de vacancia es de 6%.
  • Florida: el m2 cuesta u$s109 para alquilarer. La tasa de vacancia, en este caso, es de 4%.
  • Recoleta: el m2 vale u$s49 para alquilar. La tasa de vacancia es de 9%.
  • Cabildo: el m2 tiene un costo de u$s46 para alquilar. La tasa de vacancia es de 5%.

Tal como explicó Herman Faigenbaum, Managing Director de C&W Argentina, el nivel de ocupación que tiene actualmente la zona coincide con los valores históricos, que promedian el 5 por ciento.

Recoleta es la arteria que está más despoblada, pero se trata de lo que definen como una situación “circunstancial”.

“En 2009, algunas marcas que se encontraban en la zona, se fueron del país. Muchos propietarios de locales, en lugar de alquilar a nuevos inquilinos a un precio inferior, que era lo que demandaban, prefirieron esperar hasta que el mercado se recuperase. Ahora comenzará a verse el cambio. Además, en Recoleta las marcas que se instalan suelen quedarse por varios años, por eso son relaciones comerciales a largo plazo y se analizan con profundidad”, comentó Alejandro Reyser, director de Brokerage de C&W.

Los locales más buscados son aquellos que tienen en promedio entre 100 y 300 m2, con mayor frente y poco espacio, para que sean más económicos.

Pero si el interés se focaliza en la compraventa, se advierte un problema que es la poca disponibilidad de locales a la venta que contrasta con los muchos interesados en comprarlos.

Por otro lado, los especialistas no descartan que otros lugares vayan a imponerse y ganar terreno como opciones de inversión a largo plazo.

Uno de ellos es Palermo Soho, que hoy se presenta como una de oportunidad de inversión de la cual se pueden obtener importantes resultados.

Algunas de las cuentas pendientes que tiene el barrio es la llegada de más empresas de primera línea, que se sumen a las de diseñadores o emprendedores que eligieron la zona.

Por ahora, los operadores del mercado inmobiliario aseguran que los precios son inferiores y faltan algunos años para que su consolidación sea realmente comprobada.

Otra oportunidad que está comenzando a gestarse son los espacios de 10 a 15 locales, construidos a cielo abierto, en zonas de barrios cerrados y countries. Son proyectos que se encuentran con más fuerza en el Gran Buenos Aires, en zonas como Canning, Benavidez y Tigre.

“Se trata de una nueva tipología de comercio a la calle, pero con un diseño en común y algo muy importante que es tener estacionamiento”, comentó Reyser.

Esta tipología de retails está ganando terreno y promete otorgar grandes beneficios a futuro. “Elegir esta inversión es, en la actualidad, una buena oportunidad”, coinciden los expertos.

Industriales y oficinas
Arturo Grieben Sauvidet, director de la división de Tasaciones de LJ Ramos, destacó otra oportunidad para tener en cuenta.

“Depende el volumen de inversión hay muchas alternativas, pero un negocio bueno y rentable es comprar las grandes superficies de industrias y subdividirlas como galpones más chicos. Eso puede dar hasta una renta del 4% mensual”, comentó el directivo.

En los últimos meses se vendieron grandes superficies destinadas a tal fin. El valor del m2, según la ubicación, va de los u$s30 a u$s60, según un informe de Colliers International.

En cuanto a las oficinas, también ofrecen buena rentabilidad, especialmente para el alquiler. En este sentido, Javier Dborkin, Director de Boston Andes Capital, hace una referencia especial a la inversión en departamentos chicos que puedan ser destinados para el uso de oficina.

En estos casos, el valor del m2 para comprar en un edificio AAA, que son los de máxima categoría, promedia los 1.700 dólares, y el m2 para alquiler alcanza los 22 dólares.

Se empiezan a evaluar las unidades apto profesional de no más de 40m2, en barrios céntricos de la ciudad. Son muy versátiles y flexibles porque permiten ser alquiladas tanto por alguien que desee vivir como por un profesional”, comentó Dborkin.

Cocheras
Según Moises Altman, de Altman Constructores, por la escasez o necesidad, lo primero para invertir son las cocheras.

En este caso, hay que pensar en una inversión no menor a u$s14.000, que es el precio de venta en Almagro, y que puede llegar hasta los u$s22.000 en Barrio Norte o Belgrano.

En cuanto a la rentabilidad que se puede obtener de su alquiler, en la actualidad alcanza hasta un 6% anual, algo similar a lo que sucede con los departamentos.

En general, este tipo de negocios es llevado adelante por grandes inversores o desarrolladores que tienen experiencia en el mercado. Implican, por un lado, un desembolso más grande, y por el otro, un mayor plazo para el recupero de la inversión.

Sin embargo, ante la falta de otras opciones donde refugiar el dinero, muchos ahorristas de la clase media han llegado a pensar en ampliar su portfolio de inversiones con otras propiedades como éstas.

Esta tendencia se está alimentando en los últimos meses y gracias a ello los precios de las propiedades comerciales han logrado recuperarse.

Guillermina Fossati
iProfesional.com 

 

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