IMPUESTOS DE SELLOS LEY IMPOSITIVA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES


IMPUESTOS DE SELLOS LEY IMPOSITIVA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES 2011

de Sanz Ordoqui Propiedades, el miércoles, 04 de mayo de 2011 a las 20:30

PERÍODO FISCAL AÑO 2011- Ley nº 14.200 publicada en el B.O. del 24-12- 2010 (Suplemento)

ARTÍCULO 53- Establecer, para el ejercicio fiscal 2011, la aplicación del Título V «Tasas Retributivas de Servicios Administrativas y Judiciales» de la Ley nº 14.04 y modificatorias.

LEY 14.044: Promulgada por Decreto 2099/09 del 6/10/09

Publicada en B.O. nº 26230 (Suplemento) del 16/10/09

Título IV

Impuesto de Sellos

ARTÍCULO 42. El impuesto de Sellos establecido en el Título IV del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004) y modificatorias-, se hará efectivo de acuerdo con las alícuotas que se fijan a continuación:

A) Actos y contratos en general:

1. Billetes de lotería. Por la venta de billetes de lotería, el veinte por ciento 20 o/o

2. Cesión de acciones y derechos. Por las cesiones de acciones y derechos, el diez por mil 10 o/oo

3. Concesiones. Por las concesiones o prórrogas de concesiones otorgadas por cualquier autoridad administrativa, a cargo del concesionario, el quince por mil 15 o/oo

4. Deudas. Por el reconocimiento de deudas, el diez por mil 10 o/oo

5. Energía eléctrica. Por el suministro de energía eléctrica, el diez por mil 10 o/oo

6. Garantías. De fianza, garantía o aval, el diez por mil 10 o/oo

7. Inhibición voluntaria. Por las inhibiciones voluntarias, el diez por mil 10 o/oo

El impuesto a este acto cubre el mutuo y reconocimiento de deudas a las cuales accede.

8. Locación y sublocación.

a) Por la locación o sublocación de inmuebles excepto los casos que tengan previsto otro tratamiento, el diez por mil 10 o/oo

b) Por la locación o sublocación de inmuebles en las zonas de turismo, cuando el plazo no exceda ciento veinte (120) días

y por sus cesiones o transferencias, el cinco por ciento 5 o/o

c) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente, cuya valuación fiscal no supere $60.000, alícuota cero 0

d) Por la locación o sublocación de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente cuya

valuación fiscal supere $60.000, el cinco por mil 5 o/oo

9. Locación y sublocación de cosas, derechos, obras o servicios.

Por las locaciones y sublocaciones de cosas, derechos, obras o servicios, incluso los contratos que constituyan modalidades o elementos de las locaciones o sublocaciones a que se refiere este inciso, y por las remuneraciones especiales, accesorias o complementarias de los mismos, el diez por mil 10 o/oo

10. Mercaderías y bienes muebles. Por la compraventa de mercaderías y bienes muebles en general (excepto automotores), diez por mil 10 o/oo

11. Automotores:

a) Por la compraventa de automotores usados, el veinte por mil 20 o/oo

b) Cuando se trate de compraventa de automotores usados respaldada por una factura de venta emitida por agencias o concesionarios que sean contribuyentes del impuesto sobre los Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y se encuentren inscriptos como comerciantes habitualistas en los términos previstos en el Decreto-Ley N° 6.582/58 ratificado por Ley N° 14.467, el diez por mil 10 o/oo

12. Mercaderías y bienes muebles; locación o sublocación de obras, de servicios y de bienes muebles e inmuebles y demás actos y contratos:

a) Por las operaciones de compraventa al contado o a plazo de mercaderías (excepto automotores), cereales, oleaginosos, productos o subproductos de la ganadería o agricultura, frutos del país, semovientes, sus depósitos y mandatos; compraventa de títulos, acciones, debentures y obligaciones negociables; locación o sub-locación de

obras, de servicios y de muebles, sus cesiones o transferencias; locación o sublocación de inmuebles destinados a plantas comerciales, industriales o para la prestación de servicios, sus cesiones o transferencias; reconocimiento de deudas comerciales; mutuos comerciales; los siguientes actos y contratos comerciales: depósitos, transporte, mandato, comisión o consignación, fianza, transferencia de fondos de comercio, de distribución y agencia, leasing, factoring, franchising, transferencia de tecnología y derechos industriales, capitalización y ahorro para fines determinados, suministro. En todos los casos que preceden, siempre que sean registrados en Bolsas, Mercados o Cámaras, constituidas bajo la forma de sociedades; Cooperativas de grado superior; Mercados a Término y asociaciones civiles; con sede social en la Provincia, extensiva a través de las mismas a sus entidades asociadas de grado inferior en la localidad en que se encuentren los bienes y mercaderías, se desarrollen las prestaciones o, en los otros actos y contratos, en el sitio en que se celebren; o en la localidad más próxima al lugar en que se verifiquen tales situaciones, y que reúnan los requisitos y se someta a las obligaciones que establezca la Autoridad de Aplicación, el cinco por mil 5 o/oo

b) Por las mismas operaciones cuando no se cumplan las condiciones establecidas en el párrafo anterior, el nueve por mil 9 o/oo

13. Mutuo. De mutuo, el diez por mil 10 o/oo

14. Novación. De novación, el diez por mil 10 o/oo

15. Obligaciones. Por las obligaciones de pagar sumas de dinero, el diez por mil 10 o/oo

16. Prendas:

a) Por la constitución de prenda, el diez por mil 10 o/oo

Este impuesto cubre el contrato de compraventa de mercaderías, bienes muebles en general, el del préstamo y el de los pagarés y avales que se suscriben y constituyen por la misma operación.

b) Por sus transferencias y endosos, el diez por mil 10 o/oo

17. Rentas vitalicias. Por la constitución de rentas, el diez por mil 10 o/oo

18. Actos y contratos no enumerados precedentemente, el diez por mil 10 o/oo

B) Actos y contratos sobre inmuebles:

1. Boletos de compraventa, el diez por mil 10 o/oo

2. Cancelaciones. Por cancelación total o parcial de cualquier derecho real, el dos por mil 2 o/oo

3. Cesión de acciones y derechos. Por las cesiones de acciones y derechos, el diez por mil 10 o/oo

4. Derechos reales. Por las escrituras públicas en las que se constituyen, prorroguen o amplíen derechos reales, con excepción de lo previsto en los incisos 5 y 6, el quince por mil 15 o/oo

5. Dominio:

a) Por las escrituras públicas de compraventa de inmuebles o cualquier otro contrato por el que se transfiere el dominio de inmuebles, excepto los que tengan previsto un tratamiento especial, el treinta por mil 30 o/oo

b) Por las escrituras públicas traslativas del dominio de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación hermanente, cuando el monto imponible sea superior a $60.000 hasta $90.000, el veinte por mil 20 o/oo

c) Por las adquisiciones de dominio como consecuencia de juicios de prescripción, el diez por ciento 10 o/o

6. Actos y contratos que instrumenten operaciones de crédito y constitución de gravámenes en los supuestos contemplados en el artículo 274, inciso 28) apartado a), del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2004) y modificatorias- pero cuyo monto imponible sea superior a $60.000 hasta $90.000, el cinco por mil 5 o/oo

C) Operaciones de tipo comercial o bancario:

1. Establecimientos comerciales o industriales. Por la venta o transmisión

de establecimientos comerciales o industriales, el diez por mil 10 o/oo

2. Letras de cambio. Por las letras de cambio, el diez por mil 10 o/oo

3. Operaciones monetarias. Por las operaciones monetarias registradas contablemente que devenguen intereses, el diez por mil 10 o/oo

4. Ordenes de pago. Por las órdenes de pago, el diez por mil 10 o/oo

5. Pagarés. Por los pagarés, el diez por mil 10 o/oo

6. Seguros y reaseguros:

a) Por los seguros de ramos elementales, el diez por mil 10 o/oo

b) Por las pólizas flotantes sin liquidación de premios, el equivalente a un jornal mínimo, fijado por el Poder Ejecutivo Nacional, vigente a la fecha del acto.

c) Por los endosos de contratos de seguro, cuando se transfiera la propiedad, el dos por mil 2 o/oo

d) Por los contratos de reaseguro, el diez por mil 10 o/oo

7. Liquidaciones o resúmenes periódicos de tarjetas de crédito o compra.

Por las liquidaciones o resúmenes periódicos que remiten las entidades a los titulares de tarjetas de crédito o compra, el seis por mil 6 o/oo

Parque industrial de Mar del Plata El desafío de crecer


Parque industrial de Mar del PlataEl desafío de crecer

De la mano de nuevas inversiones se impulsa un plan de desarrollo que apunta a convertir el polo en uno de los más importantes de la provincia

Lunes 31 de mayo de 2010 

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El desafío de crecer Foto: Mauro V. Rizzi

MAR DEL PLATA.- La imagen de una ciudad acostumbrada a vivir buenos períodos con hoteles colmados y un puerto pesquero líder a nivel nacional suele confundir. Su economía, que por cierto tiene a la pesca y el turismo como motores, reserva un lugar relevante y en crecimiento para su potencial industrial.

Con plantas fabriles repartidas en buena parte del distrito, es precisamente en el Parque Industrial General Savio, sobre la ruta 88, donde exhibe buena parte de su caudal en el desarrollo de manufacturas y tecnología.

El espacio que nació y creció para fomentar la radicación de emprendimientos productivos hoy alberga unas 60 empresas que se reparten en un centenar de hectáreas, superficie que crecerá hasta un 100% en un futuro inmediato a partir de un plan de desarrollo impulsado por autoridades locales y que ya encontró el visto bueno de los gobiernos nacional y provincial.

El proyecto es más que ambicioso: además de duplicar el espacio disponible para instalar más plantas, contempla la infraestructura de servicios necesaria para su desembarco que, si todo sale según lo planeado, significaría una inversión que en pocos años podría alcanzar los 1000 millones de pesos, según anunciaron aquí las autoridades.

Sólo el Estado nacional aportaría más de 100 millones de pesos que se destinarían al loteo de las nuevas plazas industriales y a las instalaciones de servicios de agua, energía eléctrica, cloacas, pavimentación e iluminación pública que complementarán los emprendimientos que acercará el sector privado.

Interesados no faltan: desde hace años existe una lista de espera de empresas interesadas en conseguir un espacio en el parque, que tienta con las ventajosas condiciones para quienes radiquen sus fábricas. Tierras a precios accesibles y exenciones impositivas municipales y provinciales durante siete años (tasas e impuesto inmobiliario e ingresos brutos) son parte de los beneficios.

«Se han instalado y están interesadas en llegar empresas grandes, pero también hay fuerte protagonismo de firmas pequeñas que producen y contribuyen a la generación de empleo», dice el presidente del consorcio de administración del parque industrial, Alejandro Patuto, titular de una planta destinada al procesamiento de vegetales.

Este órgano compartido entre los operadores del parque y el municipio atiende los problemas comunes del predio e intenta contribuir a dar soluciones. El consorcio aportó recientemente mejoras en iluminación, seguridad e instalación de un restaurante y cajero automático, mientras proyecta una obra que apuesta a un camino de acceso renovado. Y el Estado participa y acompaña.

Con casi 60 empresas instaladas y otra decena lista para desembarcar, el ritmo de actividad crece. Según fuentes de la Comuna, este impulso queda reflejado en casi un millar de puestos de trabajo que se crearon en los últimos años, con lo cual se duplicó la fuerza laboral.

Patuto explica que en momentos de crisis el Estado colaboró con subsidios y soluciones de coyuntura. Ahora se suma permitiendo la posibilidad de ampliar el parque y fomentando la llegada de empresas decididas a invertir. «Hay fuerte interés desde el sector empresario y un decidido apoyo desde la política», reconoce. El proyecto es sumar otras 100 hectáreas y que el gobierno nacional acompañe con financiamiento para generar la infraestructura necesaria para, al menos, el 25% de la nueva superficie.

Inversiones fuertes

Varios de los que están demuestran que están decididos a aprovechar los beneficios. Pepsico, por ejemplo, inauguró en diciembre último la ampliación de su planta de fabricación de snacks, obra en la que invirtió 15 millones de pesos. Y ya puso en marcha una nueva etapa con características similares.

También se instaló B Braun, con presencia internacional y una inversión también millonaria en dólares, para ampliar una planta que apuesta a duplicar la fabricación de soluciones parenterales, uno de sus principales productos desarrollados aquí.

Y se acaba de completar otro fuerte desembolso en infraestructura industrial de marcas reconocidas como Coopens (calefactores) y Norgreen (farmacéutica).

Las exenciones impositivas no son el único atractivo. Destacan también el valor logístico del parque por su proximidad a rutas troncales que permiten fácil salida a la Capital Federal y pronta llegada de insumos desde la metrópoli y distintos puntos del interior.

La llegada de más empresas al parque industrial no sólo es vista como una posibilidad de generación de empleos, sino como disparadora de otros que se crearán para abastecer de materias primas e insumos. «El parque industrial concentra una parte importante de la Mar del Plata que genera recursos para la ciudad y el resto del país, con una producción que tiene demanda y presencia en los mercados interno y externo», dice el intendente local, Gustavo Pulti.

El rubro predominante en el parque es la alimentación, que alcanza más del 40% de las plantas. Pero ahí mismo donde una firma como Cabrales procesa café o Toledo prepara productos avícolas tanto para su cadena de supermercados como para exportaciones conviven otras de rubros disímiles como pesca, industria químico-farmacéutica y metalúrgica, que por ejemplo tiene una de sus presencias más fuertes con Bonano (carrocerías). O petrolera, como QM, que acaba de colocar sus equipos mezcladores de químicos en Rusia.

La mayoría de las empresas aquí instaladas tiene certificaciones internacionales que les permiten exportar. Pero el consorcio de administración se entusiasma con lograr una calificación general que alcance al conjunto de las firmas que operan dentro de sus límites. «Queremos alcanzar un sello o marca propia del parque», afirma Patuto.

El secretario de la Producción de la Comuna, Horacio Tettamanti, anunció líneas de comercialización con China y Rusia, regiones con fuerte demanda de productos que mantienen algunas operaciones con empresas locales.

Por Darío Palavecino
Corresponsal de LA NACION

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