Nace el nuevo portal inmobiliario gratuito en Mar del Plata, www.propiedadesmdp.com


http://www.propiedadesmdp.com ofrecerá servicios inmobiliarios gratuitos a agencias inmobiliarias y particulares y se afianza como una alternativa sólida en el mercado de los portales inmobiliarios.

El nuevo portal inmobiliario http://www.propiedadesmdp.com avanza con paso firme para situarse entre los grandes portales inmobiliarios de la ciudad y se afianza como alternativa sólida en un sector tan competitivo como el inmobiliario al ofrecer la máxima calidad gratuitamente.

Como característica principal, http://www.propiedadesmdp.com se desmarca del resto de competidores al ofrecer sus servicios a las agencias inmobiliarias de forma totalmente gratuita: publicación de un número ilimitado de propiedades, registro de la inmobiliaria en la base de datos y utilización de los principales servicios del portal se ofrecen sin coste alguno a las agencias, profesionales en general y, por supuesto, para los particulares.

De entre los servicios que pueden encontrarse en casanuncio destaca la posibilidad de ubicar a la propiedad publicada en el mapa de google maps. Asimismo, los usuarios pueden añadir los mapas de google a sus anuncios.

Existen también numerosos servicios que hacen muy fácil la tarea de buscar propiedades: listado ordenados por operacion, ambientes, moneda, tipo de propiedad, precio, zona como asi tambien un cuadro para el numero de ficha para una llegada mas rapida a la informacion.  Además, la ficha del anuncio de la vivienda incluye una galería de fotografías deslizantes y el mapa de google, todo simultáneamente.

La oferta inmobiliaria se incrementa, se presenta una nueva y novedosa herramienta de publicidad gratuita en la ciudad de Mar del Plata.

Propiedadesmdp.com está diseñado con un moderno y atractivo diseño y una interfaz intuitiva y fácil de usar, haciendo uso de la web 2.0 para optimizar la experiencia del usuario.

 

www.propiedadesmdp.com

SECTOR INMOBILIARIO MARPLATENSE, RETROCESO DE LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS EN MARZO


Observatorio de Desarrollo Regional MAYO 2011

De acuerdo a información suministrada por el Colegio de Escribanos, en el mes de marzo se realizaron en la ciudad de Mar del Plata 872 operaciones de compraventa de inmuebles, lo que representa una caída interanual del 4,18% (910 operaciones en marzo de 2010). El monto total involucrado en las operaciones de marzo alcanzó los U$S 34.038.976, no resultando comparable con las cifras de 2010 debido a los cambios en los montos a escriturar introducidos en la Provincia de Buenos Aires en el inicio del año.
En este sentido, desde el 1 de enero de 2011 la Provincia de Buenos Aires implementó un “índice corrector” del valor fiscal para la base impositiva de las escrituras.
Con la vigencia de este “índice corrector”, el valor fiscal multiplicado por 2,56 o el precio de compra, el que fuere mayor, resulta la base imponible sobre la cual se tributa la carga impositiva generada por la operación, lo que distorsiona las comparaciones interanuales de los montos involucrados en las transacciones.
En la Provincia de Buenos Aires, en tanto, la comparación con marzo de 2010 arroja una caída del 3,5% en la cantidad de operaciones (9.789), alcanzando el monto total escriturado los U$S 460.607.027.  En la comparación con febrero del corriente año, el mercado inmobiliario local registra un crecimiento del 27,3% en la cantidad de operaciones y una suba del 11,75% en el monto involucrado en las mismas.
Con los números de marzo, en el primer trimestre de 2011 el mercado inmobiliario local acumula 3.616 operaciones de compraventa, registrando una ligera caída del 1,66% en relación al primer trimestre de 2010, comparación que de todos modos también resulta afectada a nuestro juicio por los cambios en los montos a escriturar vigentes desde el inicio del año ya mencionados.
En este sentido, entendemos que los incentivos a escriturar en el cierre de 2010 a fin de no enfrentar mayores costos, antes de que los cambios entraran en vigencia, habrían reducido el número de operaciones escrituradas en el inicio de 2011.
En cuanto al monto promedio de las operaciones inmobiliarias locales, este se ubicó en marzo en U$S 39.036, lo que representa una caída del 12,21% en relación al promedio de febrero, no resultando válida la comparación interanual por los motivos anteriormente expuestos.

En relación a la tendencia para los próximos meses, entendemos que dos factores contrapuestos estarán definiendo el rumbo del mercado local durante 2011: la cosecha gruesa, fuente de inversiones para el sector inmobiliario en los últimos años, con un ingreso estimado al país de unos U$S 30.000 millones, y las elecciones presidenciales de octubre, evento que suele demorar decisiones de inversión por la incertidumbre asociada a los períodos preelectorales.


Fuente: Fundación Bolsa de Comercio de Mar del Plata Observatorio de Desarrollo Regional en base a datos del Colegio de Escribanos de la Pcia. de Bs.As.
Publicado en:https://inmobiliariasmardelplata.com/ El 10 de Mayo 2011.-

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Fuente: Fundación Bolsa de Comercio de Mar del Plata Observatorio de Desarrollo Regional en base a datos del Colegio de Escribanos de la Pcia. de Bs.As.

14-09-2010 21:38 | PROVINCIALES “La inversión en inmuebles sigue siendo una buena opción”


14-09-2010 21:38  |  PROVINCIALES
“La inversión en inmuebles sigue siendo una buena opción”
Según los datos elaborados por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires, el mes de julio (10.730 actos) presentó en comparación con julio de 2009 (7.830 actos), un alza en los números del mercado inmobiliario del 37% en cantidad de actos.

Mientras que, en lo que a cifras en pesos se refiere, el porcentaje mayor es de un 70%, siendo lo escriturado en julio 2010, $ 1.637,881, y el mismo mes del año pasado: $ 961,316.

Por otro lado, en junio pasado se registraron 9.987 escrituras de inmuebles en toda la provincia, un 7% menos que en julio.

“Esto nos demuestra que los inmuebles siguen siendo una buena inversión”, explica el presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia, Notario Carlos Agustín Sáenz y agrega: “Nosotros como escribanos seguiremos trabajando para lograr la mayor seguridad jurídica posible y un panorama favorable”.

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AUTOR / FUENTE: http://www.0223.com.ar
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La AFIP ajusta el nuevo control sobre alquileres y venta de inmuebles


En poco más de un mes los operadores del sector inmobiliario deberán inscribirse en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los $300.000. También se pone la mira sobre las locaciones que superen los $8.000 mensuales

La AFIP ajusta el nuevo control sobre alquileres y venta de inmuebles <!– ­

Con la mira puesta en reducir la evasión en el sector inmobiliario, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pone a punto un nuevo control sobre alquileres y venta de inmuebles que entrará en plena vigencia en poco más de un mes.

A través de la resolución general (AFIP) 2.820, el fisco nacional reformuló y actualizó el régimen informativo que obliga a los operadores del sector a inscribirse en tanto realicen más de tres transacciones al año o superen en conjunto los 300.000 pesos.

La nueva reglamentación –que entra en plena vigencia a partir de agosto próximo- también pone bajo la lupa a los alquileres que superen los $8.000 mensuales. En igual sentido, quedan comprendidos los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.

Desde el organismo que conduce Ricardo Echegaray aseguraron que “la medida beneficia a los inquilinos ya que podrán pedir a los propietarios una copia de la constancia donde figuren los datos del contrato que firmó”. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

Claves del nuevo seguimiento
A fin de determinar el alcance del renovado control, la flamante reglamentación establece que las empresas y particulares que “realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias”.

En caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.

Puntualmente, la resolución delimita el alcance a:

  • Quienes actúen como intermediarios en la compraventa y locación de inmuebles, percibiendo una comisión o retribución.
  • Locaciones: siempre que las rentas brutas devengadas por el total de las operaciones sumen un monto igual o superior a $8.000 mensuales.

“Cuando la contraprestación se pacte en especie, los bienes o prestaciones recibidos se valuarán al valor de plaza a la fecha de recepción”, agrega la norma.

  • Arrendamientos rurales: cuando los mismos involucren una superficie igual o superior a 30 hectáreas, con prescindencia del monto de rentas brutas que generen dichos contratos.
  • El desarrollo de emprendimientos inmobiliarios que generen más de tres operaciones de compraventa de inmuebles durante el año fiscal o que el monto involucrado en su conjunto supere los 300.000 pesos.
  • La locación de espacios o superficies fijas o móviles —exclusivas o no— delimitados dentro de bienes inmuebles.

“Cuando las operaciones se pacten en moneda extranjera, los respectivos importes deberán convertirse a moneda nacional, aplicando el valor de cotización —tipo comprador— del Banco de la Nación Argentina”, agrega la reglamentación.

Los responsables obligados tendrán que informar los detalles de las transacciones mediante transferencia electrónica de datos a través del sitio web de la AFIP.

Respecto al plazo, la norma establece que “los operadores deberán solicitar la inscripción en el renovado registro dentro de los 10 días hábiles administrativos y en forma individual, por cada operación de compraventa, alquiler y subalquiler como así también los arrendamientos y subarrendamientos”.

No corresponderá cumplir con la obligación, cuando el o los inmuebles:

  • Sean objeto de concesiones o derechos de explotación industrial o comercial.
  • Se destinen a la realización de eventos, espectáculos, convenciones, conferencias, congresos o similares; o a ferias o exposiciones.
  • Se encuentren sujetos a los sistemas turísticos de tiempo compartido.

La obligación de informar deberá cumplirse el día 26 del mes siguiente de realizada la transacción.

Como una carga adicional, las empresas y particulares del sector inmobiliario antes mencionados también “se encuentran obligados a presentar una declaración jurada anual que contendrá la totalidad de la información suministrada, correspondiente al respectivo año calendario”. La presentación vencerá el 26 de marzo del año calendario inmediato posterior.

“La obligación anual deberá cumplirse aún cuando en un período no existan operaciones a informar, en cuyo caso se consignará la leyenda SIN MOVIMIENTO”, advierte la reglamentación.

También se suma una carga fiscal extra. De acuerdo a la resolución general (AFIP) 2.820, los operadores deberán soportar retenciones en el Impuesto a las Ganancias a la mayor alícuota cuando:

  • El responsable no haya cumplido las obligaciones del reformulado régimen.
  • Los datos de la constancia entregada por el locador presente inconsistencias.

De esta manera, la AFIP reforzó el control fiscal que recae sobre alquileres y venta de inmuebles.

Hernán Gilardo
© iProfesional.com

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