Crédito fiscal exime del pago del Inmobiliario


El gobierno provincial eximió del pago del impuesto Inmobiliario 2011 de la planta urbana a los dueños de propiedades cuya valuación fiscal se encuentre entre los 25 mil y los 35 mil pesos.

 

LA PLATA (C) ? El gobierno provincial eximió del pago del impuesto Inmobiliario 2011 de la planta urbana a los dueños de propiedades cuya valuación fiscal se encuentre entre los 25 mil y los 35 mil pesos.

A través del Decreto 337 de la Jefatura de Gabinete bonaerense publicado en el Boletín Oficial de ayer, el Estado provincial estableció, ?de conformidad con lo previsto en el artículo 52 de la Ley N° 13.850, un crédito fiscal destinado a cancelar el equivalente al 100% del impuesto Inmobiliario correspondiente al período fiscal 2011 para los inmuebles pertenecientes a la Planta Urbana Edificada? cuya valuación fiscal se encuentre dentro de la escala de 25 mil y 35 mil pesos.

El beneficio alcanzará a los propietarios de inmuebles de los municipios que tengan entre el 7,5% y el 10% de hogares con necesidades básicas insatisfechas y en los cuales ese porcentaje alcance a más de 3 mil hogares en esa situación -como General Pueyrredon- y a los distritos con más del 10% de hogares con necesidades básicas insatisfechas, lo que incluye a 57 partidos bonaerenses.

En el Decreto, el Ejecutivo provincial aclaró que el crédito fiscal ?se hará efectivo exclusivamente respecto de aquellos inmuebles pertenecientes a personas físicas y sucesiones indivisas que resulten contribuyentes del gravamen en tanto revistan la calidad de propietarios, usufructuarios o poseedores a título de dueño por ese único inmueble destinado a vivienda?.

 

fuente: diario la capital

Rigen nuevos planes de pago para cancelar deudas bonaerenses


Rigen nuevos planes de pago para cancelar deudas bonaerenses

El organismo recaudador provincial renovó los regímenes que permiten regularizar deuda en el Inmobiliario, Automotores, Ingresos Brutos y Sellos

La Agencia de Recaudación bonaerense (ARBA) renovó los planes de pagos hasta fines de este mes.

La reafirmación de la poítica de moratoria permanente se dio a conocer a través de las resoluciones 23, 24, 25 y 26/2010 publicadas en la página web de ARBA.

La nuevas normas implementan diferentes régimenes de regularización de deudas para los contribuyentes de los impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos.

Retenciones y percepciones

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–> Por otra parte, a través de la resolución 21/2010, ARBA decidió actualizar los montos que determinan la obligación de actuar como agentes de recaudación en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

El marco legal reformulado establece que se encuentran obligados a actuar como agentes de percepción y de retención en las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones  y prestaciones de servicios:

  • Las empresas que hubieran obtenido en el año calendario inmediato anterior ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior $10 millones, debiéndose computar, a estos efectos, los ingresos provenientes de todas las jurisdicciones.
  • Los expendedores al público de combustibles líquidos derivados del petróleo que hubieran obtenido ingresos brutos operativos (gravados, no gravados y exentos) por un importe superior $12 millones, debiéndose computar, a estos efectos, los ingresos provenientes de todas sus actividades y en todas las jurisdicciones.

Por último se dio a conocer la resolución 28/2010 que modifica el procedimiento para la devolución de los importes reconocidos a favor de los contribuyentes y responsables en las resoluciones de las demandas de repetición de gravámenes y sus accesorios cuando en las mismas intervenga la Tesorería General de la Provincia de Buenos Aires.

Fuente: infobae Profesional

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