A través de una flamante comunicación, el organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont extendió la vigencia de la excepción hasta el momento en que la AFIP ponga en marcha un nuevo sistema online que deberán utilizar los bancos para informar el otorgamiento de los créditos
Por Hernán Gilardo

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) decidió prorrogar la exclusión de los controles sobre la compra de divisas para quienes adquieran dólares con el fin de cancelar un préstamo hipotecario.
Inicialmente, el organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont había establecido la exclusión sólo por quince días corridos. Finalizado ese plazo, ahora se dio a conocer la flamante comunicación «A» 5249 que extiende el alivio hasta que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ponga en marcha un nuevo sistema online, que deberán utilizar los bancos para informar el otorgamiento de los créditos hipotecarios. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.
Puntualmente, la comunicación establece que se «extiende la vigencia de la excepción hasta tanto se encuentre implementado el sistema informativo para que las entidades financieras locales informen a la AFIP el otorgamiento de tales créditos hipotecarios para vivienda».
En efecto, la excepción beneficia a «las personas físicas que aplican los fondos de los préstamos hipotecarios en pesos otorgados por entidades financieras locales para la compra de vivienda».
También se debe tener en cuenta que «el monto de dólares adquiridos» deberá ser «destinado simultáneamente al pago del inmueble objeto del préstamo».
Listado de exclusiones
De esta manera, la nueva reglamentación complementa a la reciente comunicación «A» 5245 que reunía el listado de operaciones que se encuentran fuera de los controles del organismo que conduce Ricardo Echegaray.
En tal sentido, la norma establece que el requisito de tener la validación fiscal tampoco será de aplicación cuando las compras de divisas correspondan a operaciones de:
- Organismos internacionales e instituciones que cumplan funciones de agencias oficiales de crédito a la exportación.
- Representaciones diplomáticas y consulares y personal diplomático acreditado en el país.
- Gobiernos locales.
- Empleados de gobiernos locales que no estén integrados al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), hasta tanto se implementen las medidas necesarias para dicha integración.
También hace referencia a operaciones que realicen las personas físicas que apliquen a la compra de billetes en moneda extranjera los fondos resultantes del ingreso del cobro de jubilaciones y pensiones percibidas del exterior. Este beneficio vence a fin de mes.
Seguimiento impositivo
De esta manera, el BCRA busca potenciar y eliminar los problemas surgidos ante la implementación de los controles de la AFIP sobre la compra de dólares.
Más precisamente, a través de la resolución general 3210 se estableció que la AFIP debe autorizar o rechazar las compras de divisas que se lleven adelante en bancos y casas de cambio.
Puntualmente, el futuro comprador puede conocer a través de un sistema online cuál es la cantidad límite de dólares que está habilitado a adquirir, de acuerdo a su situación patrimonial y sus ingresos.
En primer término, el interesado se encuentra con una pantalla en donde deberá ingresar su CUIT o CUIL y su clave fiscal. Para ello, el contribuyente debe contar con nivel de seguridad 2, como mínimo, y utilizar la herramienta informática denominada «Administrador de Relaciones». Para acceder al sistema haga clic aquí.
Una vez validados los datos, se accede a una pantalla en donde se debe consignar el tipo de moneda a adquirir y el monto en pesos que se desea destinar para realizar la operación.
Luego, a través de un simple clic, el sistema online del fisco nacional da a conocer el veredicto: «Validado o Rechazado». Asimismo, el particular puede imprimir el comprobante en donde figura la decisión de la AFIP, y de corresponder, los motivos del rechazo.
Cuando la AFIP no autorice la compra de divisas, debido a «insuficiente capacidad económica financiera», los interesados podrán regularizar su situación presentando una nota, acompañada de los siguientes elementos:
- La impresión de la respuesta emitida por el sistema, en la cual conste dicho motivo, y
- La documentación fehaciente que acredite el origen y cuantía de los fondos a utilizar para el pago de la compra de la moneda extranjera, observada.
La agencia de la AFIP receptora evaluará los elementos presentados y resolverá sobre la procedencia de lo solicitado.
La lupa sobre las operaciones financieras
En igual sentido, la AFIP puso en marcha la flamante dirección de Investigación de Operaciones Financieras. La unidad se divide en dos departamentos: el de Investigación y el de Fiscalización de Operaciones Financieras.
Con respecto al primero, el fisco estableció que analizará «la información vinculada al movimiento de divisas, acciones, bonos y demás títulos valores y todo tipo de crédito originado en operaciones económicas y financieras, así como también de operaciones en las que se sospeche una maniobra de lavado de dinero».
En tanto, el segundo se separa en dos divisiones: de Fiscalización Simultánea y de Fiscalización Programada. Ambas áreas establecen los pasos y las pautas a respetar al momento de llevar adelante una inspección en bancos o casas de cambio. (Lea más: La AFIP pone a punto fuerte avanzada para controlar las operaciones financieras)
fuente: iprofesional.com


