Firmaron convenios que habilitan a licitar obras en la escollera Norte


10:30 | El Consorcio es presidido por el ministro de gobierno de la Provincia, Eduardo Camaño. También está integrado por Alejandra Prieto y Eduardo Pezzati, en calidad de directores. Los llamados a licitación se harán la próxima semana, se anunció ayer.

Los asistentes pudieron apreciar la futura obra en detalle, presentada en una enorme maqueta.

Ayer, durante un acto que se desarrolló en el salón de exposiciones de la «Plaza del Agua» y que sirvió para presentar a los integrantes del Consorcio Público «Escollera Norte», se procedió a la firma de varios convenios orientados a recuperar un espacio público que durante muchos años estuvo descuidado.

El Consorcio, que es presidido por el ministro de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Eduardo Camaño, está también integrado por dos directores: Alejandra Prieto y Eduardo Tomás Pezzati, en representación de la Provincia y de la Municipalidad de General Pueyrredon, respectivamente.

En el transcurso de la ceremonia, luego de la firma de un acta de recepción por parte de la Armada de las obras ejecutadas por la Provincia, se procedió a la suscripción de varios acuerdos. El más importante tiene por objetivo establecer las bases y líneas de trabajo conjuntas entre los participantes para el llamado a concurso público de anteproyectos a nivel nacional. Este concurso fijará los ejes de la refuncionalización y puesta en valor de la escollera Norte de acuerdo con el reglamento de concursos de la Federación Argentina de Entidades de Arquitectos.

Luego, se firmó un convenio marco de cooperación que establece que el Consorcio y la Municipalidad coordinarán esfuerzos para la ejecución conjunta de obras, estudios y proyectos sobre temas de interés de ambas partes.

Por otro acuerdo Obras Sanitarias Mar del Plata-Batán se compromete a elaborar el proyecto de pliego de bases y condiciones técnicas para la obra de agua potable y desagüe cloacal en el muelle de cruceros.

En tanto que a través de sendos acuerdos particulares se encomienda al Ente Municipal de Vialidad y Alumbrado a ejecutar la obra de repotenciación del alumbrado público de la escollera, y al municipio, en conjunto con el Colegio de Arquitectos de la Provincia, a llamar a concurso para proyectar la refuncionalización y puesta en valor del sitio. Como ya se venía informando, en este lugar se desarrollará un espacio urbano de carácter público, recreativo, cultural y comercial.

Conceptos de Pulti

Al dirigirse a los presentes, entre los que figuraron responsables de los bares de la calle Alem y vecinos de la Sociedad de Fomento Playa Grande, el intendente municipal, Gustavo Pulti, explicó que «lo que estamos haciendo es concluir procedimientos de orden administrativo, lo cual va a permitir que la semana próxima estén publicados los llamados a licitación para hacer todos los servicios sanitarios que requieren la terminal de cruceros y el corredor recreativo; esto tiene que ver con las cloacas y con la provisión a esos barcos de agua potable a través de una cisterna; hemos también formalizado un llamado a licitación que permite la intervención en el canal de servicios en el que van a amarrar los cruceros; también concluyeron los procedimientos que permiten el llamado a licitación, la semana que viene, para la construcción de la terminal de cruceros». Tras destacar que a «nosotros nos cupo la suerte de decir que es el momento de la Escollera Norte», afirmó que «son más de 90 mil metros cuadrados que están en un lugar extraordinario que tiene que estar al servicio de la recreación, de la cultura y del disfrute de los marplatenses; también tienen que desarrollarse allí alternativas que tengan un contenido comercial al servicio de la industria turística, que genera trabajo y empleo para los marplatenses», afirmó.

Luego de recordar que «los primeros pasos fueron con el Plan Estratégico que dio la prefactibilidad», señaló que «luego hubo un trabajo muy dificil: el procedimiento para que el predio, que estaba en manos del Ministerio de Defensa de la Nación, fuese transferido para que lo podamos disfrutar los marplatenses; después un conjunto de arquitectos hicieron una cantidad de estudios y trabajos que concluyen en esta primera aproximación (refiriéndose a una maqueta que fue presentada en la víspera y que, al igual que un conjunto de fotografías, permanecerán expuestas durante una semana en la Plaza del Agua).

Más tarde Pulti afirmó que «tomando en cuenta lo que terminan de entregarnos los arquitectos y que constituye una base bien sólida, con el presidente del Colegio que los agrupa estamos firmando un acuerdo para, en un plazo de alrededor de 30 días, llamar a un concurso de proyectos para la escollera Norte».- Sobre el futuro del lugar sostuvo que «queremos inversiones importantes, pero con un aspecto principal: tienen que estar al servicio de todos los marplatenses y tener un aspecto de índole comercial que, además de generar trabajo y progreso, sea un eslabón más en la industria turística de la ciudad».-

Finalmente señaló: «este activo que se incorpora a los bienes de los marplatenses está en el marco de una estrategia de recuperación de los espacios públicos de la ciudad; esto es posible porque si bien hay voluntad en tal sentido, existe un trabajo compartido con la Nación y la Provincia; la mejor noticia que pudimos tener cuando acordamos con el gobernador (Daniel) Scioli que íbamos a tener un Consorcio para la escollera Norte fue la designación de Eduardo Camaño como presidente», expresó.

Se podrá visitar la maqueta

Entre las 11 y las 18, hoy y mañana, se podrán visitar la maqueta y demás elementos de la puesta en valor y refuncionalización de la escollera Norte, en la Plaza del Agua (Güemes y Roca).

En ese segmento de la escollera se ubicará la Terminal de Cruceros, rodeada por otros espacios para paseos y recreación, que el público podrá apreciar en el proyecto.

También el emisario

En tanto que mañana domingo, entre las 14 y las 18, estará la abierta la Base Naval para permitir que el público interesado visite la la obra del emisario submarino. Personal de OSSE hará de guía para contar la marcha de los trabajos. Los vecinos que se acerquen podrán observar un video con los avances de los trabajos y lo que falta hacer, y además podrán visitar el varadero de la base, donde se encuentran los 11 tramos (serán 12 en total), de 300 metros de cañería que constituyen el emisario.

fuente: diario la capital

Habrá una nueva Ley de Propiedad Horizontal


Recortará las facultades del administrador y dará mayor participación a los consorcistas. Antonio Costantino adelantó a LA CAPITAL aspectos de su contenido.

ebouisson@lacapitalmdq.com.ar

Es inminente la aprobación de una nueva Ley de Propiedad Horizontal en la Argentina. La normativa, que ya cuenta con media sanción del Congreso de la Nación, traerá importantes cambios y será similar a la que actualmente está en vigencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El rasgo distintivo es que «dará más amplia participación y protagonismo a los consorcistas, acotando y controlando en mayor medida las facultades que actualmente tiene el administrador de un edificio».

Para interiorizarse sobre su contenido y la transformación que significará cuando comience a regir en Mar del Plata como en el resto del país, LA CAPITAL se entrevistó con el doctor Antonio Costantino, quien es profesor titular de Derecho Procesal Civil de la Universidad Nacional de Mar del Plata y de distintas materias relacionadas con la Propiedad Horizontal en otras casas de altos estudios del país y del extranjero.

Costantino inició su explicación afirmando que «la nueva ley trae aparejado un cambio de paradigma, adaptándose así a la transformación que se ha venido produciendo con los años tanto en la sociedad política como en la propiamente dicha. Hay que tener en cuenta que la legislación que actualmente rige data de 1948».

«El cambio al que hacíamos referencia -acotó- está basado en una mayor participación ciudadana en forma directa y en temas que antes los tenía vedados. Ello era debido a que se seguía ese principio constitucional de que ‘el pueblo no delibera ni gobierna, sino que lo hace por medio de sus representantes’. Esos representantes cada día se van atomizando más. Así vamos teniendo las asociaciones de fomento; las ONG; los piqueteros y las marchas de piqueteros que son consensuadas con quienes ocupan el poder, porque se trata de una cuestión irrefrenable, entre otros».

Después de señalar que «los principios que sustenta la nueva ley serán similares a la que ya rige en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el número 3.254», destacó que «muchas administradoras de edificios de Mar del Plata, más allá de lo que establezca la ley, han puesto en práctica principios contenidos en la nueva ley y buscan favorecer una mayor participación de los consorcistas».

Principales modificaciones

de la nueva legislación

A continuación Costantino brindó un detalle de los principales cambios que significará la puesta en vigencia de la nueva Ley:

* «Las mayores modificaciones están centradas en las funciones del administrador de un edificio de propiedad horizontal, que tiene mandato por un año, por lo que vencido ese plazo, para continuar el mismo los propietarios lo tienen que reelegir».

* «La cuenta corriente bancaria que actualmente está a nombre del administrador, tendrá que estarlo a nombre del consorcio».

* «Incorpora la figura de Consejo de Propietarios, con la que no cuenta la ley actual. Este ente funcionará como nexo entre los propietarios y el administrador, para reclamar orgánicamente los derechos que le corresponden y no lo puedan hacer todos en su conjunto».

* «Los propietarios tendrán amplio derecho de información sobre la documentación respaldatoria del consorcio que tenga la administración en su poder. Todos los consorcistas recibirán a partir de la nueva legislación un informe completo y en forma inmediata de todo lo que está pasando en el edificio. Así, cualquier propietario puede exigirle al administrador que le exhiba la citada documentación de la gestión que esté cumpliendo, independientemente de que haya o no rendido cuentas de ésta en la correspondiente asamblea. Ahora, para observar determinada documentación hace falta convocar a una asamblea».

* «Los honorarios del administrador tienen que ser consensuados y fijados con la asamblea. Hoy, las cámaras de administradores establecen honorarios, que no son obligatorios, pero en alguna medida condicionan a los propietarios».

* «El administrador no puede ejercer el derecho de retener documentación del consorcio cuando es removido de su cargo; por ejemplo, si el despedido alega que le deben dinero. Esta modificación soluciona un problema que llevado a la práctica ha causado muchos perjuicios. Por ejemplo, ha habido casos en que el administrador retenía por este motivo comprobantes de pago de cargas sociales y cuando surgió un reclamo de la AFIP, al no presentarse los originales, el consorcio debió pagar nuevamente lo que ya había abonado».

* «El administrador está obligado a contratar un seguro de caución ante un caso de ‘mala praxis’ que pudiera cometer en perjuicio del consorcio. Por ejemplo, que se hubiera olvidado de realizar un pago, que podría ser de la póliza de seguro o despedido a un empleado en forma incorrecta, y el despedido le hiciera juicio al consorcio. El monto de la caución tendrá relación con el volumen del monto que maneje ese edificio».

* «En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y posiblemente la legislación nacional también lo adopte de esa manera, las faltas son juzgadas por el área de Defensa del Consumidor de la Secretaría de Comercio. En la nueva Ley trasladada a Mar del Plata lo haría la Dirección de Defensa del Consumidor e Intereses del Contribuyente de la Municipalidad».

* «En cuanto al encargado del edificio ya no lo nombraría más el administrador, sino que sería elegido por asamblea, donde se tendrán que presentar los candidatos con el correspondiente currículum y sus antecedentes».

* «Una nueva exigencia es el registro de firmas de los propietarios, que tiene como objetivo que, cuando se realice la asamblea, si el administrador certificó la firma de algún poder, los demás propietarios puedan ver si la firma de ese propietario corresponde a la del poder presentado».

* «Como está basada en los cambios producidos en la sociedad contemplará, por ejemplo, los barrios privados o ‘country’ y los aparcaderos náuticos, entre otros»

fuente: diario la capital

Expertos recorrieron la obra del Emisario Submarino


9:00 | Más de 100 especialistas de 20 diversos países recorrieron la obra del Emisario Submarino que están ejecutando en Mar del Plata Obras Sanitarias, el municipio de General Pueyrredon y el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, en el marco del Simposio Internacional.

Especialistas de 20 diversos países recorrieron la obra del Emisario Submarino.

Especialistas de diversos paises recorrieron ayer las obras que se están ejecutando por el Emisario Submarino. La recorrida se dio en el marco de Simposio Internacional sobre Sistemas de Emisarios que se realizó desde el 15 y hasta ayer en la ciudad.

El intendente Gustavo Pulti acompañó en la recorrida a los profesionales, junto al administrador de Enohsa, Edgardo Bortolozzi y el presidente de OSSE, Mario Dell’Olio.

La comitiva de expertos estuvo encabezada por el presidente del Comité Científico del Simposio Internacional sobre Sistemas de Emisarios, que se desarrolló en el NH Gran Hotel Provincial, Philips Roberts, oriundo de Estados Unidos.

Los profesionales -provenientes de Perú, Chile, Colombia, Australia, Panamá, República Checa, India, España, Canadá, Brasil, Portugal, Alemania, Dinamarca, Holanda, Bulgaria, Turquía, Reino Unido, Omán, Estados Unidos y Kuwait-, recorrieron el obrador ubicado en la zona de Camet, donde observaron el avance de los trabajos que allí está desarrollando la draga encargada de ejecutar el lecho donde se emplazará la cañería.

Luego, se trasladaron a la Base Naval, donde vieron el proceso de termofusión de los caños y el acopio de los mismos con sus correspondientes lastres de hormigón.

Durante el simposio internacional sobre sistemas de emisarios se discutieron y analizaron las novedades referentes al apropiado tratamiento de efluentes, los modelos de descargas en el medio receptor, así como también el estudio de experiencias en la utilización de emisarios submarinos en todo el mundo.

Los profesionales coincidieron en destacar que Mar del Plata se encuentra en la vanguardia en lo que respecta al tratamiento de los efluentes cloacales, ya que los emisarios submarinos se han observado en diversos países como la solución definitiva en la materia. Se destacó el potencial de los sistemas integrados de tratamiento y disposición de aguas residuales.

La importancia de haber desarrollado este Simposio en Mar del Plata fue la vinculación con la Asociación Internacional del Agua (International Water Association), orientada al tratamiento de aguas residuales.

Durante el Simposio se presentaron los avances en Ciencia y Tecnología de todos los aspectos relacionados con las descargas a través de emisarios y sus diseños, como también facilitar la comunicación entre los diversos grupos de profesionales, reguladores y organismos de financiación en este campo.

fuente: diario la capital

Los créditos bancarios al sector privado crecieron 31% durante el primer trimestre de 2011



El crédito total de los bancos al sector privado creció 31% en el primer trimestre de este año, un porcentaje que triplica al registrado en el mismo período del año pasado, informó este jueves el Banco Central.

En términos interanuales, los préstamos al sector privado crecieron 43%, impulsados principalmente por las financiaciones a empresas que aumentaron 46%, casi 4 puntos porcentuales más que lo observado para los préstamos al consumo de los hogares.

Al finalizar el primer trimestre, el financiamiento al sector privado representó 12,6% del PIB, un punto porcentual más al registrado hace un año, aunque todavía por detrás de los objetivos del Gobierno nacional en términos de inversión productivo.

Por otra parte, los depósitos totales crecieron 2,5% en marzo, impulsados mayormente por las colocaciones del sector privado (2,8%). Estas últimas fueron dinamizadas por las imposiciones a plazo (3,8%) y, en menor medida, por aquellas a la vista (2,6%). Por su parte, los depósitos del sector público aumentaron 2% en el mes (42,5% i.a.).

También en marzo el indicador liquidez del sistema financiero, que incluye partidas denominadas en moneda nacional y extranjera, aumentó levemente hasta 27,4% de los depósitos totales, impulsado por los bancos privados, principalmente como resultado de un incremento en el stock de pases con el BCRA.

No obstante, en términos interanuales este ratio presentó una reducción de 4,5 puntos porcentuales de los depósitos, con caídas en todos los grupos de bancos.

Al finalizar el primer trimestre de este año, el proceso de intermediación de las entidades financieras con el sector privado continuó expandiéndose.

En marzo, el conjunto de bancos mantuvo elevados indicadores de liquidez y solvencia, destacándose que la morosidad de su cartera crediticia siguió reduciéndose hasta mínimos históricos.

El Banco Central, por otra parte, continuó generando herramientas para favorecer una mayor inclusión de la población en el acceso a los servicios financieros.

En este sentido, a mediados de mayo la cantidad de Cuentas Gratuitas Universales (CGU) llegó a 66.200 y El Cheque Cancelatorio acumula operaciones por 530 millones de pesos (mayormente en moneda extranjera) a fines de abril.

También se dispuso una reducción de los costos de las transferencias interbancarias, principalmente en las de menores montos.

En abril la cantidad de transferencias por montos menores a 10.000 pesos, considerando las operadas a través de cámaras compensadoras, cajeros automáticos y homebanking, creció 15% con respecto a octubre pasado (antes de ser efectiva la medida del BCRA) y gradualmente ganan ponderación en el monto total de transferencias bancarias.

Finalmente, el informe del BCRA destaca que las ganancias contables del conjunto de entidades financieras representaron 3%a. del activo en marzo, 1,1 puntos porcentuales más que el mes anterior.

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AUTOR / FUENTE: Agencia Télam

RG AFIP 3101/11 Régimen de información transferencia de bienes inmuebles, modificacion.


Resolución General 3101/11 AFIP

IMPUESTOS – Procedimiento. Negociación, oferta y transferencia de bienes inmuebles. Régimen de información

Administración Federal de Ingresos Públicos

IMPUESTOS

Resolución General 3101
B.O. 13/05/11

Procedimiento. Negociación, oferta y transferencia de bienes inmuebles. Régimen de información. Resolución General Nº 2371, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

Bs. As., 9/5/2011

VISTO las Actuación SIGEA Nº 10056-1305-2010 del Registro de esta Administración Federal, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General Nº 2371, sus modificatorias y complementarias, se implementó un régimen de información respecto de la negociación, oferta o transferencia a título oneroso de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, cualquiera sea su forma de instrumentación, ubicados en el país.

Que razones operativas hacen necesario precisar determinados aspectos, así como elevar el monto a partir del cual los sujetos incluidos se encuentran obligados a obtener el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI).

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, de Fiscalización, de Servicios al Contribuyente y, de Sistemas y Telecomunicaciones, y la Dirección General Impositiva.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 103 de la Ley Nº 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones, y por el Artículo 7º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE:

Artículo 1º — Modificase la Resolución General Nº 2371, sus modificatorias y complementarias, en la forma que se indica a continuación:

1. Sustitúyese el Artículo 3º, por el siguiente:

“ARTICULO 3º.- Los sujetos incluidos en el Artículo 1º, en adelante ‘titular o condómino de bienes inmuebles’, se encuentran obligados a obtener el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI), cuyo modelo se consigna en el Anexo II de la presente, con carácter previo a la ocurrencia de alguno de los siguientes actos, el primero que suceda: negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, sea cual fuera su forma de instrumentación, cuando el precio consignado en alguno de los actos aludidos o la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate —cualquiera de dichos valores—, resulte igual o superior a SEISCIENTOS MIL PESOS ($600.000.-) (3.1.).

Tratándose de la negociación, oferta o transferencia de la parte indivisa de un bien inmueble, la obligación de obtener el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) se configurará cuando el precio consignado en cualquiera de dichos actos o los valores proporcionales correspondientes a la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor proporcional correspondiente al valor fiscal vigente del bien inmueble, resulten igual o superior a la suma indicada en el párrafo precedente.

La solicitud del ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) se efectuará individualmente por cada bien inmueble o por uno de ellos (3.2.), a cuyos fines deberán suministrarse los datos que se detallan en el Anexo III.

En los actos de negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles que se realicen en conjunto —vgr. bienes inmuebles rurales, bienes inmuebles afectados al régimen de propiedad horizontal o de prehorizontalidad que incluyan unidades complementarias (3.3.), bienes inmuebles que se transfieran conjuntamente con acciones o cualquier otro título representativo de superficies comunes (3.4.), transferencia de un conjunto de inmuebles rurales o urbanos que resulten contiguos o no—, la obligación establecida en el primer párrafo queda configurada cuando el precio consignado o la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven su transmisión o el valor fiscal vigente del bien inmueble, considerado en su conjunto, resulte igual o superior al monto indicado en el mismo (3.5.).

En caso de tratarse de operaciones de ‘leasing’ inmobiliario, el valor de oferta, negociación o transferencia a considerar, a los efectos previstos en el primer párrafo, resultará de la sumatoria de los cánones correspondientes al plazo total del contrato y del precio fijado para el ejercicio de la opción de compra, debiendo solicitarse el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) al momento de efectuarse la transferencia.”.

2. Sustitúyese el Artículo 6º, por el siguiente:

“ARTICULO 6º.- A los efectos de solicitar el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI), el ‘titular o condómino de bienes inmuebles’ deberá comunicar, a esta Administración Federal, los datos consignados en los incisos a), b), c), d) y e) del Anexo III, de acuerdo con los siguientes procedimientos:

a) A través de ‘Internet’, mediante transferencia electrónica de datos, ingresando con la ‘Clave Fiscal’ al sitio ‘web’ de este Organismo (http://www.afip.gob.ar), conforme al procedimiento dispuesto por las Resoluciones Generales Nº 1345 y Nº 2239 y sus respectivas modificatorias y complementarias, en la opción ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) del servicio ‘Transferencia de inmuebles’.

El sistema informático emitirá como constancia el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI), el que podrá imprimirse utilizando la opción respectiva disponible en el mencionado sitio ‘web’.

Cuando en los actos detallados en el Artículo 3º intervenga un sujeto empadronado —de acuerdo con lo establecido por la Resolución General Nº 2820 y su modificación—, como inmobiliaria (6.1.), en adelante ‘inmobiliaria’, el ‘titular o condómino de bienes inmuebles’ podrá autorizarlo para la obtención del ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) en su representación.

A tal efecto el ‘titular o condómino de bienes inmuebles’ deberá documentar por escrito dicha autorización en la que constarán, de corresponder, los datos previstos en los incisos a), b), c) y d) del Anexo III de la presente.

La tramitación del ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) efectuada en estas condiciones implicará para:

1. El ‘titular o condómino de bienes inmuebles’: la excepción de dar cumplimiento a la obligación prevista por el Artículo 3º, constituyendo el ejemplar impreso del ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) entregado por la ‘inmobiliaria’, comprobante justificativo de tal situación.
2. La ‘inmobiliaria’: la confirmación de su participación en el acto de negociación, oferta o transferencia del bien incluido en dicho ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI).

b) Unicamente en caso de inoperatividad del sistema indicado en el inciso anterior, mediante comunicación con el Centro de Información Telefónica (            0800-999-2347      ) de esta Administración Federal, quien brindará la asistencia correspondiente, previa autenticación de los datos del solicitante.

De no detectarse inconsistencias en los datos suministrados, este Organismo informará la identificación del ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) al solicitante, quien podrá imprimirlo ingresando con la ‘Clave Fiscal’ al sitio ‘web’ de este Organismo (http://www.afip.gob.ar).

Asimismo, ‘el titular o condómino de bienes inmuebles’, que hubiera solicitado el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI), podrá, a través de este medio, efectuar la modificación de los datos a los que se refieren los incisos c) y e) del Anexo III y, de corresponder, comunicar el desistimiento al que alude el Artículo 12 de la presente.

Tratándose de representantes legales de sujetos residentes en el exterior, el ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) sólo podrá solicitarse a través del procedimiento indicado en el inciso a) precedente.’.

3. Sustitúyese en el Artículo 7º la expresión ‘…establecido por la Resolución General Nº 2168 y su modificación-…’, por la expresión ‘…establecido por la Resolución General Nº 2820 y su modificación-…’.

4. Incorpórase como inciso f) en la nota (1.2.) del Anexo I de NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES, el siguiente:

‘f) Las transferencias de bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles a construir efectuadas a título de fiducia y aquellas resultantes de acciones declarativas, subdivisiones y similares.’.

5. Sustitúyese la nota (3.5.) del Anexo I de NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES, por la siguiente:

‘(3.5.) Tratándose de la negociación, oferta o transferencia en conjunto de bienes que posean identificación catastral individual, deberá obtenerse un ‘Código de oferta de transferencia de inmuebles’ (COTI) por uno de ellos, con prescindencia que alguno supere los parámetros fijados en el primer párrafo del Artículo 3º.

En estos casos, se informarán los datos previstos en los incisos c), f) y h) del Anexo III, como la resultante de la sumatoria del precio consignado en los actos de negociación, oferta o transferencia, superficie, o las bases imponibles fijadas a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven su transmisión o los valores fiscales, respectivamente.

Para el caso de:

a) Bienes inmuebles rurales —incluidos subrurales—: se informará en relación con los datos enumerados en los incisos g) e i) del Anexo III, el correspondiente al de mayor superficie. En caso de superficies iguales, se deberá informar uno de ellos.

b) Resto de bienes inmuebles o derechos sobre bienes inmuebles a construir: en lo concerniente a los datos enunciados en los incisos g) e i) del citado anexo, se informarán los datos correspondientes al bien inmueble principal.’.

6. Sustitúyense las notas (6.1.) y (7.1.) del Anexo I de NOTAS ACLARATORIAS Y CITAS DE TEXTOS LEGALES, por las siguientes:

‘(6.1.) (7.1.) Sujetos comprendidos en el Artículo 1º de la Resolución General Nº 2820 y su modificación, que efectúan las operaciones indicadas en el inciso a) del Artículo 2º de la citada resolución general, que hayan cumplido con la obligación de empadronamiento.’”.

7. Elimínase el Anexo VI.

Art. 2º — Las disposiciones establecidas en la presente entrarán en vigencia a partir del primer día del mes inmediato posterior al de su publicación en el Boletín Oficial, inclusive.

Art. 3º — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— Ricardo Echegaray.

AFIP: elevan a $600.000 el piso para informar operaciones inmobiliarias


El fisco nacional duplicó el valor que deben tener en cuenta escribanos, inmobiliarias y propietarios de inmuebles al momento de reportar esas transacciones. También se modificaron las pautas para obtener el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles

Por Hern�¡n GilardoMailiProfesional.com

AFIP: elevan a $600.000 el piso para informar operaciones inmobiliarias

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió duplicar el piso a partir del cual escribanos, inmobiliarias y propietarios deben informar la compraventa de propiedades.

En efecto, a través de la resolución 3101, publicada en el Boletín Oficial, se decidió elevar de $300.000 a $600.000 el valor mínimo de las transacciones a informar. El monto se mantenía sin cambios desde fines de 2007. Para acceder al texto completo de la norma haga clic aquí.

El control, impulsado desde el organismo a cargo de Ricardo Echegaray, se apoya en la utilización del Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) que permite controlar la operación desde el momento de puesta a la venta del inmueble hasta su escrituración. 

Cerco antievasión
Puntualmente, la reformulada normativa establece que el titular o condómino del bien inmueble deberá solicitar el COTI, con carácter previo a la operación, cuando cualquiera de los siguientes valores supere los 600.000 pesos:

  • El precio consignado en el acto de negociación, oferta o transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir; o
  • La base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios o tributos similares y/o del impuesto de sellos que graven la transmisión del mismo o el valor fiscal vigente del inmueble de que se trate.

Asimismo, se aclara que la solicitud del COTI se efectúa individualmente por cada inmueble.

En cuanto a los actos de negociación, oferta o transferencia de propiedades, que se realicen en conjunto, la obligación queda configurada cuando el valor, considerado individualmente para cada bien inmueble o en su conjunto, resulte igual o superior a los 600.000 pesos.

Trámite para obtener el COTI
A fin de solicitar el nuevo código, el titular de dichos bienes debe comunicar a la AFIP los siguientes datos:

  • Identificación del bien inmueble o derechos sobre bienes inmuebles a construir.
  • Ubicación del mismo.
  • Precio fijado o estimado para la negociación, oferta o transferencia, indicando el tipo de moneda.
  • Identificación de los condóminos, indicando los número de la CUIT, CUIL o CDI y el porcentaje de titularidad atribuible a cada uno de ellos.
  • Consignar la CUIT de las inmobiliarias intervinientes en la operación.

Para suministrar los datos al fisco nacional podrán optar entre los siguientes procedimientos:

  • A través de la página web de la AFIP, mediante transferencia electrónica de datos, ingresando con la clave fiscal accediendo a la opción «Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles» del servicio «Transferencia de inmuebles».

En este aspecto, la flamante resolución establece que, sólo en caso de inoperatividad de Internet, se podrá solicitar el código mediante comunicación al Centro de Información Telefónica de la AFIP.

Cuando intervenga una inmobiliaria en la operación deberá ingresar, dentro de los 30 días corridos contados desde la fecha de la carga inicial de datos por parte del propietario, la identificación del COTI proporcionada por el titular del bien a transferir a efectos de:

  • Confirmar su participación en los actos de negociación, oferta o transferencia de la propiedad o de derechos sobre bienes inmuebles a construir.
  • Rechazar su designación como intermediario.

Respecto al plazo para ser utilizado, el COTI tiene una vigencia de 24 meses contados a partir de la fecha de otorgamiento. Transcurrido dicho plazo, el sistema dará de baja automáticamente el referido código impidiendo su utilización.

Si por algún motivo el titular de la propiedad decide desistir de realizar la transacción, debe informar a la AFIP tal circunstancia mediante el servicio disponible en la página web.

Una vez confirmada la operación, las inmobiliarias son las que se encargan de informar el compromiso de transferencia de bienes inmuebles o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, así como el monto de la operación concertada consignando la identificación del COTI.

Para cumplir con el compromiso de transferencia tienen sólo cinco días corridos contados desde la ocurrencia -en primer término- de alguna de las siguientes situaciones, la primera que suceda:

  • Firma o cesión del boleto de compra venta.
  • Pago de reserva con derecho a escritura traslativa de dominio.
  • Celebración del acto de firma de la escritura.
  • Percepción de la retribución, comisión u honorario por parte de la inmobiliaria titular o asociada.
  • Cualquier otro hecho o acto que constituya un acuerdo o compromiso de transferencia.

Escribanos
Como último pilar del control, los escribanos, previo a la celebración de la escritura traslativa de dominio de un bien inmueble, deben verificar la autenticidad y vigencia de la constancia del COTI ingresando al servicio denominado «Transferencia de inmuebles – Informe Escribanos».

Una vez verificada la vigencia del COTI, los escribanos deben constatar e informar los siguientes datos:

  • Superficie total en metros cuadrados o hectáreas del bien inmueble a negociar, ofertar o transferir.
  • Año de construcción del bien inmueble, de corresponder.
  • Importe correspondiente a la valuación fiscal del bien inmueble, fijada a efectos de la determinación de los impuestos inmobiliarios o tributos similares.
  • Datos de identificación del bien inmueble: nomenclatura catastral o número de partida inmobiliaria.
  • Informar la identificación de los adquirentes, detallando apellido y nombres, denominación o razón social, CUIT, CUIL o CDI y el porcentaje atribuible de la titularidad del bien inmueble.
  • Declarar la fecha y número de la escritura traslativa de dominio y el monto de la transferencia.

Una vez que los escribanos carguen los datos el sistema informático emitirá el «Certificado de Bienes Inmuebles».

Los profesionales deberán emitir el citado certificado en la cantidad necesaria de ejemplares a efectos que los transferentes y adquirentes reciban una copia certificada del mismo, el cual resultará obligatorio a los efectos de la inscripción registral pertinente

fuente: iprofesional.com

“Mar del Plata es la ciudad ideal para el turismo de crucero”


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Pero “es inconcebible la imagen de un sueco bajando de un trasatlántico de lujo para esperar una hora de cola en un restaurant” advierten los creadores de Viajeros Unidos, un sitio que dedicado a unir a las personas que quieran conocer el mundo.

Diego Morán es Licenciado en Administración de Empresas, Andy Marquine Licenciado en Publicidad, y Martín Infante no es licenciado, pero es Ingeniero Electrónico que no es poco. Ellos tres estaban viajando cuando se dieron cuenta de necesidad de contar con un punto de encuentro para aquellas personas que buscan compañeros de viaje.

“En menos de un año materializamos esta idea a través de un website diseñado, programado, administrado y promovido por nosotros mismos donde la gente propone viajes y así se van sumando participantes a destinos de lo más variados. Es gratis, sin límite edad ni de nacionalidad”.

Así conocieron viajeros con los que hablan de turismo, mochilas, y rutas. Charlando con nosotros, hablaron de Mar del Plata. La ciudad turística por excelencia de la Argentina, que a veces parece no ser más que un recuerdo de las películas de los ochenta.

“Hablar de Mar del Plata como viajero plantea una exposición de múltiples sensaciones. En primer lugar es una ciudad con una historia y una simbología importantísima para nuestro país. Se ha convertido en un ícono argentino, representa una porción inexorable de nuestra identidad y será así por siempre”.

“Como ciudad turística es sumamente completa, gracias a su topografía, paisajes, arquitectura, naturaleza y su propuesta de actividades recreativas y culturales. Consideramos que tiene todos los aditamentos para ser una ciudad buscada y preferida por el turismo “convencional”, el turismo de familia de todo el país. Y también, y esto cada vez más marcado, por un público extranjero ávido de conocer un lugar bien argentino y sobre todo, entretenido y divertido”.

Diego, Andy, y Martín saben de lo que hablan. Están inmersos en un mundo de turismo regido por más de 200 visitas diarias, más de 300 viajeros registrados, nada menos que 3800 fans en Facebook y, en este momento, 130 propuestas de viajes activas a “innumerables” destinos en todo el mundo. Así, han aprendido a distinguir los puntos positivos y negativos de las muchas ciudades que han conocido. Entre ellas, Mar del Plata.

SUS PROS:

  • Historia y tradición.
  • Belleza y atractivo intrínsecos (en cualquier momento del año).
  • Su amplia propuesta de atracciones turísticas.
  • Su cuidado y buena administración.
  • La diversidad de públicos que acude.

SUS CONTRAS:

  • Sobrepoblación en temporada alta.
  • Falta de infraestructura para atender a una demanda tan grande en temporada alta, a pesar del reciente desarrollo.
  • Falta de difusión/explotación del turismo en temporada baja (turismo aventura, turismo deportivo, “de paquete”, microturismo, pequeñas salidas, etc.)
  • Baja difusión/explotación de una oferta cultural “off” o independiente.

Aprovechando esta mirada objetiva sobre nuestra querida ciudad, quisimos saber qué opinaban sobre la omnipresente propuesta de instalar y acondicionar una terminal de cruceros en nuestro puerto. Dejan entrever que la ambigüedad de paisajes y servicios que vemos en la ciudad, también se repite en esta propuesta.

“Consideramos que Mar del Plata es la ciudad ideal para el turismo de crucero ya que cuenta con todos los atractivos en un solo lugar. Existen una gran cantidad de cruceros que visitan Buenos Aires en su camino a Ushuaia y/o la Antártida, por lo que creemos que deberían fomentar la escala en Mar del Plata de todo ese público de buen poder adquisitivo. De todas maneras debería estar muy bien coordinado sobre todo en temporada alta, es inconcebible la imagen de un sueco bajando de un trasatlántico de lujo para esperar una hora de cola en un restaurant. Por lo demás, nos parece una ciudad fantástica y sumamente entretenida para el público que acude a este tipo de viajes. También es muy importante reiterar que Mar del Plata es un ícono argentino, por lo cual el público extranjero cuenta con un acceso directo a nuestro ADN nacional”.

Así lo ven desde Viajeros Unidos, de cerca pero de lejos, en el mismo país, pero en otra ciudad completamente diferente. Sin embargo, la variedad de lectores con la que tratan y se contactan es mucho más amplia de lo que uno imagina.

“La respuesta de la gente ha sido más que importante ya que superaron todas nuestras expectativas. Pensamos que este canal al comienzo iba a limitarse a un público cautivo conformado por mochileros de 20 años y notamos con sorpresa que poco a poco se iban sumando personas de 50 años y más a múltiples destinos como así también gente que proponía viajes de alta gama a New York, ciudades de Europa, Medio Oriente o del Sudeste Asiático”.

“Mar del Plata es claramente el destino número uno elegido por las familias de todo el país para vacacionar en verano. Con un fuerte acento en la diversión y el entretenimiento. En ese sentido podríamos compararla con ciudades latinoamericanas como Santa Marta en Colombia o Cancún en México. De todos modos aseguramos que Mar del Plata no tiene comparativo, su identidad es muy fuerte, la hace única en muchos sentidos”, señalan Martín, Andy, y Diego, en esta nota por mail que sigue a muchas otras que tuvieron.

“La idea también (del sitio web) generó un efecto positivo en los medios de comunicación ya que fuimos contactados por diarios como La Nación, Clarín y la revista Lugares; próximamente estaremos también en radio”.

“Nuestro objetivo actual es seguir generando acciones para aumentar la participación y la cantidad de viajeros y sumar contenidos ad-hoc para nutrir al sitio de información valiosa y fidedigna. En síntesis buscar el desarrollo de esta Red Social cuyo principal activo es el aporte de cada uno de sus miembros. Creemos que es la mejor manera de seguir haciendo crecer esta idea que llevamos adelante con tanto esfuerzo y pasión”.

“Es difícil quitarse la mochila del hombro y realizar una opinión objetiva en cuanto al turismo en Mar del Plata. Nosotros –en nuestra calidad de viajeros y no tanto de turistas- quizás escapemos un tanto horrorizados al amontonamiento iconográfico del verano en Mar del Plata (razón por la cual algunos la bautizan como “Buenos Aires con mar”, con todo lo bueno y lo malo que esto significa). Pero al mismo tiempo entendemos este tipo de turismo y adherimos a él ya que es sumamente positivo para la prosperidad del turismo y del crecimiento general tanto local como nacional. No obstante consideramos personalmente que es una ciudad sumamente atractiva para visitar fuera de temporada alta, “a solas”, de manera íntima y relajada. Por ejemplo para nosotros Mar del Plata en otoño o primavera es un destino encantador. Por eso pensamos que sería muy valioso impulsar aún más un turismo que se extienda a todo el año, sea este convencional, de aventura, deportivo, cultural, etc. Mar del Plata tiene todo para dar y recibir, siempre”.

fuente: puntonoticias.com

Para Argenprop en la Provincia de Buenos Aires hay una suba en la compraventa


Se ha registrado un incremento en las ventas con relación al mismo período del año pasado, y un mayor valor en comparación con el mismo período del año que paso, indica un relevamiento del Colegio de Escribanos bonaerense.

En el tercer mes del año hubo 9.306 actos de compraventa en todos los partidos del distrito, frente a los 6.428 del mes anterior.

El total de actos de marzo es inferior al que se había alcanzado en marzo de 2010, que sumó 9.773 transacciones, “aunque considerando los montos escriturados durante el primer trimestre, se reafirma la tendencia ascendente en comparación con el mismo período del año anterior”, indicó el Colegio de Escribanos mediante un comunicado.

El monto total escriturado en marzo de 2011 evidencia un incremento en relación al mismo mes del año anterior, pasando de 1.559,7 millones a 1.987,9 millones de pesos.

“Más allá de las fluctuaciones que normalmente se registran en el mercado, cabe destacar que la inversión en inmuebles sigue siendo una alternativa segura que, además, ayuda a impulsar la actividad económica y el empleo”, observó el presidente del Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires, Carlos Agustín Sáenz.

Opinión de Rodrigo Alejandro Sanz, titular de la Inmobiliaria Sanz y Ordoqui: «A Mi entender con una inflación que para la medición oficial registró un acumulado anual apenas superior al 10%, mientras que para los informes privados el costo de vida se incrementó alrededor del 30%, casi el triple, el aumento en la compraventa esta solo acompañando la inflacion, tambien con mayo presion impositiva sobre los escribanos para la escrituración en mayores valores.

Proponen crear un paseo público en la zona que rodea al Golf


8:55 | La comuna se reservó, en el convenio con el Mar del Plata Golf Club, el uso de 5 metros del predio por la calle Alem y de 2 metros por el Boulevard Marítimo. Se busca que turistas y marplatenses puedan apreciar el privilegiado paisaje de la zona.

El proyecto propone un uso público para una porción de de las tierras que ocupa el Mar del Plata Golf Club.

Con el objetivo de habilitar a turistas y marplatenses un paisaje privilegiado que hoy está vedado por un cerco perimetral vivo y cartelería publicitaria, el presidente del Concejo Deliberante de General Pueyrredon, Marcelo Artime, y la concejal Leticia González -UCR- elevaron en forma conjunta un proyecto de ordenanza cuyo objetivo es crear el «Paseo del Golf» en el sector delimitado por las calles Alem, Juan B. Justo, Boulevard Marítimo y Almafuerte de esta ciudad.

Para ello, los concejales solicitaron al Ejecutivo que haga uso de los espacios reservados para el Municipio en el marco del convenio entre la Municipalidad de General Pueyrredon y la Asocición Mar del Plata Golf Club. Asimismo, propusieron la creación de un fondo afectado a financiar las obras, el cual se constituiría con los montos aportados por las empresas desarrolladoras inmobiliarias que se beneficiaron con la modificación del COT en esa zona. También se prevé utilizar para dicha obra fondos de la deuda que la Asociación Mar del Plata Golf Club mantiene con la comuna.

El Mar del Plata Golf Club tenía una sesión precaria del predio en el que funciona, desde 1911. Cuando la provincia transfirió ewsos terrenos al Municipio, lo hizo con la condición que se mantenga el uso del golf a través de un convenio «por el mayor tiempo posible. Así, en 2002 el Municipio acordó la sesión de esas tierras por 30 años, pero «se reservó el derecho a limitar la extensión del emprendimiento privado -en 5 metros por la calle Alem entre Almafuerte y Juan B Justo y en 2 metros en el Boulevard Marítimo- para uso público».

Al referirse al proyecto, Artime consideró que «es importante por varios factores que pasan tanto por lo jurídico como lo urbanístico y social». En este sentido, destacó que «estamos creando un nuevo paseo público pero también estamos haciendo valer el derecho de la Muncipalidad de Genreal Pueyrredon y de su comunidad de tener un espacio público en un lugar privilegiado de la ciudad que hoy es ocupado por el sector privado».

«Pero además esta ordenanza tiene una fuente de financiamiento interesante» continuo Artime, quien recordó que los propietarios de la parcelas frentistas a la calle Alem entre Juan B. Justo y Paso fueron beneficiarios desde 2007 con mejores indicadores que los que tenían históricamente. «Eso generó una renta inmobiliaria» reflexionó Artime, quien añadió que «con esta Ordenanza el Estado Municipal realiza una redistribución de una renta que hasta ahora no se había utilizado nunca, afectando esos ingresos a un fondo para la construcción de un espacio público inexistente en ese mismo sector».

Vale recordar que cuando se realizó la modificación del COT, se establecía que las empresas que se beneficiaran por los nuevos indicadores -podían construir planta baja y 11 pisos en un sector en el que antes se podían construir solo 5 pisos- debían abonar el doble en derechos de construcción. El proyecto de Artime y González prevé la modificación de la ordenanza 18.434, para que esos fondos, que nunca se percibieron, puedan utilizarse. Asimismo la modificación pide al área de Planeamiento que realice la ecuación pertinente para calcular cuál es el monto que tendrán que aportar las empresas desarrolladoras que construyeron desde la modificación de los indicadores en 2007, mientras que los nuevos emprendimientos sobre Alem tendrán que abonar un 100% más de derechos de construcción para ese fondo.

«Creemos que va a ser bien recibido porque los fondos son para mejorar el mismo entorno» aseguró.

«Cambiamos el destino de esa contribución por plusvalía porque hubo una ganancia extraordinaria al construir más pisos» apuntó Gonzalez. Los autores también indicaron que «otra fuente de financiamiento es la deuda de el Mar del Plata Golf Club tiene con el municipio en cuanto a tasas e impuestos. Los montos están en discusión, pero la deuda existe

González, en tanto destacó que «la impronta de esta ordenanza es la de avanzar en una reglamentación que permita que el paisaje natural de la ciudad sea un derecho de todos y no de unos pocos, como sucedía hasta ahora».

Tras recordar que «hasta ahora este sector ha sido accesible solo para un sector de la sociedad, que son quienes practican golf en ese lugar» la concejal consideró que «con esta ordenanza ese concepto cambia, al menos en lo que hace a la accesibilidad visual de un sector emblemático de la ciudad».

Los ediles coincidieron en que este proyecto -que deberá pasar por las comisiones de Obras, Legislación y Hacienda- permitirá construir un «hermoso paseo» y permitirá retirar el cerco vivo perimetral y la cartelería publicitaria que actualmente impiden apreciar el privilegiado paisaje de la zona.

También destacaron que es una medida que resultará de gran interés para la comunidad, teniendo en cuenta no solo el crecimiento poblacional, sino el intenso uso que se da a los paseos existentes en la actualidad.

«Estamos contentos, creemos que no va a haber problemas con la aprobación y, de ahí en más, comenzará la definición del proyecto de ejecución del paseo» indicó González.

fuente: diario la capital

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